El Punto Critico

 

Sin duda alguna, el 16 de abril de 2019 quedará registrado en los anales de la historia del México contemporaneo, esto no significa que deba ser de orgullo

nacional por el contrario es una marca imborrable y vergonzosa, ese día el Ejecutivo Federal ha demostrado como desde un documento “Memorandum” ordenar a diversas dependencias federales que no cumplan con el mandato Constitucional y leyes que de ella emanan.

Inicialmente hay que recordar, que Andrés Manuel López Obrador asumió el cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos a las 11:22 horas del día 1º de diciembre de 2018, y ese día, en términos del artículo 87 de la nuestra Ley Suprema, ante el Congreso de la Unión protestó el cargo manifestandolo de la siguiente manera: “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido…”.

A partir de ese momento, se convirtió en la primera persona del país que esta obligada a cumplir y hacer cumplir la Constitución; pero contrario a ello, el 16 de abril pasado firmó un Memorandum en su calidad de Presidente de la República, en el que ordena a los titulares de la Secretaría de Gobernación, Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es decir a sus sobordinados dejar de cumplir preceptos debidamente establecidos en la Carta Magna, lo que inicialmente provoca el incumplimiento a la protesta hecha al iniciar su encargo.

Lo anterior, fue en razón al conflicto de intereses, no de la sociedad en general, sino de un grupo de personas que se vieron afectadas por las reformas constitucionales en materia educativa promulgada por el entonces Presidente de la República, Enrique Peña Nieto del sexenio 2012-2018, que a dicho de AMLO; “solo han dejado pobreza, violencia, corrupción y malestar social”, y que tales manifestaciones pareciera que se hacen de carácter personal, eso se podría pensar de manera inicial porque tales aseveraciones no están sustentadas jurídicamente, ni con nada en dicho Memorandum.

Pues bien, ante la ineficacia de operatividad y estrategia que evidentemente se advierte en estos momentos, por el hecho de que se ve inoperable un acuerdo o arreglo entre el Gobierno Federal y el Sindicato Nacional de Trabajadores, asi como con la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, para cumplir lo que mandata la Constitución en materia educativa, la salida del Ejecutivo Federal es ordenar desconocer los preceptos constitucionales principalmente.

El titular del Ejecutivo Federal decide mejor emitir un Memorandum en el que ordena de manera autoritaria y categórica desconocer preceptos constitucionales, invadiendo competencias de los otros poderes de la Unión y las autonomías de los las Instituciones Gubernamentales.


Por lo que, sin sustento legal alguno o motivos verdaderamente justificados, escudándose en la investidura presidencial; ordena a tres Secretarías de Estado, que claro dependen de él, a seguir directrices contrarias al derecho, con motivo de diversas inconformidades de los aparatos de poder, lo que se traduce en marchas, cierre de calles y carreteras, paro de labores, afectando los intereses de terceros sin preocupación alguna de la autoridad, y que sean sancionados.

Inicialmente, en esas directrices se ordena que la educación pública deber ser obligatoria, laica, pluricultural de calidad gratuita en todos los niveles de escolaridad, a pesar que esto ya se encuentra debidamente establecido en el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues eso fue parte de la reforma constitucional de Entrique Peña Nieto, que ahora está desconociendo.

También resulta preocupante de ese “Memorandum” la declaración que hace el Ejecutivo en el sentido de que: “mientras el proceso de diálogo no culmine en un acuerdo, las otras instancias del Poder Ejecutivo Federal involucradas dejarán sin efecto todas las medidas en las que se haya traducido la aplicación de la reforma educativa”.

Para efectos, se reitera que lo que el Predidente actualmente llama “reforma educativa”, ya no lo es, por que esa reforma fue declarada constitucional por el Poder Legislativo Federal en el mes de febrero de 2014, promulgada por el Ejecutivo el 25 de febrero de 2013, y publicada al día siguiente en el Diario Oficial de la Federación, por lo que ahora es parte de la Constitución y es de cumplimiento obligatorio, no es voluntario o discrecional su cumplimineto.

Independientemente de hablar de las modificaciones a la constitución en materia educativa, que falazmente se le esta conociendo ahora como reforma educativa, independientemente de que este bien o mal elaborada, en ese “Memorandum” se está ordenando sin sustento ni fundamento alguno que no se cumpla lo que mandata la constitución, más aún, por la ineficacia de los poderes de la unión de resolver el tema de fondo y acabar con los deseos particulares de unos cuantos que se vieron afectados en sus intereses personales con dichas modificaciones a la constitución.

Esto conlleva, una incertidumbre social, política, económica y autoritarismo total, pues el hecho de que el propio Ejecutivo Federal ordene a sus sobordinados no acatar lo que les ordena la Constitucion Política, se convierte en una parteaguas para que en cualquier otro momento, pese a perjudicar a la sociedad, se tome una nueva decisión quebrantando o incumpliendo la Carta Magna, y con el mismo cinismo de hacerlo todavía público.

En ese mismo documento, se ordena a la Secretaria de Gobernación que lleve a cabo “las diligencias y acciones necesarias para poner en libertad a los maestros y luchadores sociales que todavía se encuentran en prisión por haberse opuesto a la susodicha reforma o por haber participado en otras causas sociales justas, así como a retirar las imputaciones legales formuladas port instancias del gobierno federal para vastigar activismos pacíficos en lo político, social, laboral, ambiental, agrario y de defensa de territorio”, esto se traduce por un lado en el indulto en cuanto a la liberación de las personas, aunque si bien el Presidente tiene la facultad de perdonar a una persona por haber cometido delitos, también lo es que para que opere esa figura la persona debe haber sido sentenciada; sin embargo, de manera indiscriminada y genérica ordena la liberación de todo aquel que aparentemente sea o se haga decir luchador social o, en el mejor de los casos, que se haya hecho pasar como maestro, pese a que haya cometido delitos en aras de defender su supuesta ideología, esto conllevaría a fomentar la impunidad y la comisión de delitos.

Asimismo, el hecho de que en ese mismo documento se ordene retirar las imputaciones formuladas por instancias del gobierno federal para que no sean castigados aquellos que se dicen activistas pacíficos en los ámbitos político, social, laboral, ambiental, agrario y de defensa del territorio, va en contra de la autonomia del Poder Ejecutivo Federal y de la ahora Fiscalía General de la República que recordemos ya es un ente autónomo e independiente del Ejecutivo Federal, pues son ellos los únicos encargados de investigar, perseguir, sancionar los delitos que hayan cometido cualquier persona en el ámbito federal aún aquellos cometidos por los llamados activistas pacíficos, y el hecho de ordenar algo de esa naturaleza por parte del ejecutivo, atenta en contra de la propia Carta Magna que reconoce la independencia y autonomia de las ya mencionadas.

Finalmente, aunque el memorandum va dirigido a tres titulares de la Administraicón Públicioa Federal, se extralimita en ser un decreto presidencial para ordenar que los maestros de todas las tendencias mantengan un dialogo permanente, e impedir la confrontación y a buscar una formulación legal que garantice el derecho del pueblo a la educaicón bajo el principio juarista de que nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho”, entonces debemos preguntarnos: ¿que no ya existe en la constitución disposiciones que se deben acatar para cumplir con el sistema educativo?, y ¿si existe por que va en contra del mismo espíritu juarista?, al ordenar a sus subalternos desconocer esos preceptos constitucionales yendo en contra del derecho y de su propia obligación, cumplir la constitución.

Porque no mejor pronunciarse sobre la obligación categórica de que los maestros cumplan cabalmente con sus funciones, y si fuera el caso disolver los síndicatos, ya que él mismo reconoce que no hay claridad en los recursos, en la nomina de maestros de si son o no aviadores, y solo son utilizadas las personas seudomaestros para generar conflicto social, y provocar desestabilidad en el país, pues en realidad no hay una verdadera decisión de estado que de manera contundente y categórica obligue al cumplimiento de la función educativa y hacer una limpieza profunda en el sistema educativo; más bien, pareciera cumplir y obedecer intereses de ciertos grupos por el hecho de no causar una afectación en los apoyos electorales futuros, sin dejar de mencionar el precedente que se ha dejado por mandato presidencial respecto a la imposición de no cumplir con la constitución; norma suprema que es con la que se garantiza la protección y defensa de los intereses de la sociedad, único instrumento jurídico que el pueblo tiene en el país para defenderse de las arbitrariedades de los gobernantes.

Victor Santiago Serrano Contreras
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