El Punto Critico

Para gente normal 
#GENTENORMAL dicen los que saben que nunca debemos de hablar de Fútbol,
Política o Religión, pero como aquí siempre hablamos de esos y otros temas, pues hoy les voy a platicar de la Asociación “Civil” denominada “La Visión de Dios”, organización plenamente identificada con los intereses de los Grupos Evangélicos de México y Latinoamérica, mismos que cuentan con una feligresía mexicana que ronda los CINCO MILLONES, y si no es que más.
 
Sin embargo, y aún con estos antecedentes públicos, el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones [@IFT_MX] inexplicablemente decidió por UNANIMIDAD otorgarles una CONCESIÓN ÚNICA de las de tipo SOCIAL, asignándoles el 101.9 (Mérida, Yucatán) de FRECUENCIA MODULADA para transmitir sus contenidos, los cuales podemos anticipar tendrán uno o varios segmentos relacionados con el DIOS al que le rinden culto y pudieran en el futuro cercano también contar un Canal de Televisión local.
 
Más aún, y aunque les parezca irrelevante que “La Visión de Dios” operé una frecuencia local, lo interesante es que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión señala en sus Artículos 3º y 67 respectivamente, que:
 
“XII. Concesión única: Acto administrativo mediante el cual el Instituto confiere el derecho para prestar de manera convergente, todo tipo de servicios públicos de telecomunicaciones o radiodifusión. En caso de que el concesionario requiera utilizar bandas del espectro radioeléctrico o recursos orbitales, deberá obtenerlos conforme a los términos y modalidades establecidas en esta Ley;
 
Artículo 67: …
 
IV.         Para uso social: Confiere el derecho de prestar servicios de telecomunicaciones y radiodifusión CON PROPÓSITOS CULTURALES, CIENTÍFICOS, EDUCATIVOS O A LA COMUNIDAD, SIN FINES DE LUCRO. Quedan comprendidas en esta categoría las concesiones comunitarias y las indígenas; así como las que se otorguen a instituciones de educación superior de carácter privado.
 
             Las concesiones para uso social comunitaria, se podrán otorgar a organizaciones de la sociedad civil que no persigan ni operen con fines de lucro y que estén constituidas bajo los principios de PARTICIPACIÓN CIUDADANA DIRECTA, CONVIVENCIA SOCIAL, EQUIDAD, IGUALDAD DE GÉNERO Y PLURALIDAD. …”
 
Así pues, y una vez desplegados los límites jurídicos donde se deberá mover “La Visión de Dios”, es un hecho que tendremos que estar muy pendientes de quién o quiénes fondean económicamente este proyecto, ya que al ser una CONCESIÓN “SIN FINES DE LUCRO” NO PODRÁ COMERCIALIZAR SUS ESPACIOS, siendo entonces claro que alguien tendrá que pagar los COSTOS DE OPERACIÓN que se generarán o ya se están generando desde el mismo momento de contratar a los abogados que presentaron esta solicitud ante el @IFT_MX y además cabildearon al interior del regulador para lograr esa victoria jurídica, la cual en ningún momento pasó por la contracción confesional, sino más bien por el mundo de los “VIVOS” de la #Cuarta Transformación.
 
Finalmente, me parece que más allá de rasgarnos las vestiduras por la disputas entre su DIOS y el nuestro, lo que si deberían hacer los Comisionados del @IFT_MX, es acercarse un poco para conocer la visión Liberal de muchos de nosotros, ya que resulta paradójico que por un lado el Presidente de la República venere con una visión casi mística al Liberal por antonomasia, Benito Juárez García y por la otra, se esté desmantelando el Estado Laico para convertirlo en un conveniente hibrido histórico al servicio del régimen actual; Al tiempo.
 
Si tienen alguna duda no dejen de mandarme sus comentarios y con gusto se los responderé.
 
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