Toluca, 14 febrero 2023 —Hasta 20 años de prisión será el castigo para quien obligue a una persona o unidad económica a fijar en una

localidad o región, un precio por encima del mercado, para venta de bienes, mercancías, insumos o para la prestación de un servicio, lo que permitirá detener conductas delictivas que se están propagando en algunas regiones del Estado de México y que lleva al alza de precios en productos básicos.

Al presentar el dictamen en tribuna, Gerardo Ulloa Pérez, presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, recordó que la iniciativa a la Ley de la Fiscalía General de Justicia fue presentada en septiembre de 2022, por el fiscal general José Luis Cervantes Martínez.

“El objeto es generar un nuevo tipo penal y favorecer la protección de las personas y unidades económicas en el desarrollo de la actividad económica, y actualizar el Código penal del Estado, acorde con la sociedad mexiquense, previniendo y sancionando conductas delictivas recientes que atentan directamente contra la economía de la población”, precisó el morenista.

El dictamen aprobado adiciona el artículo 199 bis al Código Penal para señalar que a quien, por medio de la violencia, obligue a una persona o unidad económica: a comprar, obtener o adquirir, de otra persona, comercio o empresa determinados bienes, insumos, mercancías o servicios para su giro comercial.

Y a quien venda o distribuya bienes, insumos, mercancías o servicios, a personas o empresas determinadas, o a quien imponga o fije en una localidad o región, un precio por encima del mercado, para la venta de bienes, mercancías, o insumos o para la prestación de un servicio.

Al responsable de este delito, se impondrá de 6 a 10 años de prisión, y da 1000 a 1500 unidades de medida y actualización, y se agravará la penalidad y sancionará además de las penas señaladas, si en la comisión de este ilícito participan dos o más personas, se impondrán de tres a cinco años de prisión, y de 500 a 800 días multa.

Cuando en la comisión de este delito el o los sujetos activos se ostenten y o identifiquen como miembros de alguna asociación o grupo delictivo, se impondrán de 7 a 15 años de prisión, y de mil 300 a 2 mil días multa. Para el caso de que el delito de que alguna persona sea servidor público, se impondrán de 8 a 20 años de prisión y de mil 500 a 2 mil 500 días multa.

“Con estas reformas se contará con elementos para enfrentar y detener una conducta delictiva que se está presentando y propagando, en algunas regiones de nuestro estado y que violenta la libertad y la integridad de quienes ejercen el comercio como actividad para ganarse la vida, así como de los consumidores finales, quienes resiente el alza de precios en productos básicos”, precisó Ulloa.