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Con el argumento de que carece de la documentación correspondiente y aunque tiene una suspensión provisional del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF), personal del Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) colocó una lona de suspensión de actividades en el espectacular ubicado sobre Avenida de los Insurgentes 300, práctica convertida ya en costumbre durante los últimos meses, denunció el abogado de la empresa perjudicada, Pedro Iván Cervantes.

 

“Es un acto violatorio del derecho al debido proceso que están ejerciendo; es un abuso de autoridad de Meyer Klipp y su gente”, dijo el representante de la empresa publicitaria, Pedro Iván Cervantes, quien mostró la suspensión definitiva emitida por el TCADF en sentencia interlocutoria, la cual en su esencia ordena mantener “las cosas en el estado en el que se encuentran”.

La sentencia de suspensión otorgada el pasado 17 de marzo por la Quinta Sala Ordinaria, dice que “en virtud de que no se afectan los derechos de terceros, el interés social ni se contravienen las disposiciones de orden público, SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN solicitada, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado en que se encuentran, esto es, para evitar se retire el anuncio instalado en el inmueble ubicado en calle Insurgentes Sur No. 300, Col. Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc de esta ciudad”.

El auto jurisdiccional agrega que “obra en autos copia certificada del acuerdo de fecha tres de diciembre de 2012, firmado por el coordinador general de la Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), en el cual se autoriza la instalación, reubicación, conversión y/o permanencia, según sea el caso, respecto de diversos anuncios, incluyendo el instalado en el inmueble materia del presente juicio”.

Sin embargo, esto no fue suficiente para el personal del INVEA, quienes procedieron a colocar una lona de suspensión de actividades en el espectacular, y al ser cuestionados sobre la legalidad del procedimiento, sólo se limitaron a responder nos dirigiésemos al área de Comunicación Social del INVEA para obtener mayor información al respecto, además de negarse a mostrar sus gafetes que los acreditan como servidores públicos al servicio de ese Instituto.

Al realizarle la notificación del motivo de la diligencia, personal del INVEA entregó documentación a los representantes legales de la empresa donde aducen que el motivo fue por no contar con la documentación correspondiente para el uso y explotación del espacio publicitario, lo cual imposibilita a la empresa hacer uso de dicho espacio, además de afectar no sólo sus finanzas, sino también a los trabajadores dela empresa publicitaria afectada.

Lo único que respondieron los funcionarios del INVEA y expresamente Adalí Díaz Padilla, subdirector de la Coordinación de Verificación, fue que “ante cualquier inconformidad los interesados pueden desahogarla por la vía legal correspondiente”. Díaz Padilla estuvo acompañado en esta diligencia por el encargado de la misma, Cuauhtémoc Mayes Pérez; el ejecutor, José Ricardo Ruiz Consospo y el filmador, Javier Hernández.