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Se dice que no hay plazo que no se cumpla, y por fin este martes 11 de diciembre de 2018 la Cámara de Diputados aprobó con 296 votos
a favor la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República.
 
Tal como hemos visto en este sexenio, de manera inmediata se mandó la minuta de aprobación de dicha Ley al Poder Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y a partir de ese momento comienza la transición de la Procuraduría General de la República a la Fiscalía General de la República. 
 
Con ello, también comenzará en la Cámara de Senadores el desfile y las reverencias de aquellos que desean concursar para ocupar por primera vez el puesto de Fiscal General de la República.
 
A partir de la entrada en vigor de dicha Ley Orgánica se termina la era de la Procuraduría General de la República, la cual tuvo sus origines en las constituciones de 1824, 1836 y 1843 que inicialmente se les reconocían como fiscales que formaban parte de los organismos judiciales encargados de la persecución de los delitos y la acusación en el proceso penal.
 
Sin embargo, en la Constitución de 1917 que actualmente nos rige, específicamente en su artículo 102, se establece que el Ministerio Público serán presididos por un Procurador General de la República, y que el procurador será nombrado por el Presidente de la República.
 
Pues bien, han pasado más de 40 procuradores desde que Rafael Rebollar fue el primero en ocupar el cargo de procurador del 14 de octubre de 1900 al 25 de mayo de 1911.
 
Las funciones principales de la Procuraduría General de la República que hasta el día de hoy forma parte del Poder Ejecutivo Federal son principalmente investigar y perseguir los delitos del orden federal. 
 
La Fiscalía aparece por primera vez en nuestro sistema legal a partir de la reforma constitucional que fue publicada el 10 de febreo de 2014, específicamente en el artículo 102, del apartado A, de la Constitución donde se prevé que el Ministerio Público de la Federación se organizará en una Fiscalía General de la República, sin embargo, no podría entrar en funcionaminento hasta que no existiera su Ley Orgánica, la cual será publicada en unos días en el Diario Oficial de la Federación.
 
Ahora, la pregunta que seguramente se hace la sociedad es ¿Cuál es la diferencia entre una y otra?, y ¿en que beneficia a la sociedad la transformación de la Procuraduría General de la República a la Fiscalía General de la República?.
Inicialmente, será un órgano autónomo independiente del Poder Ejecutivo, (entiéndase esto último entre paréntesis), dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, su titular durará en su encargo 9 años, y éste será elegido por el Senado de la República aun que con intervención del Presidente de la República.
 
Pero básicamente, las funciones principales que tiene tanto la Procuraduría General de la República como la Fiscalía General de la República son las mismas, esto es: investigar y perseguir los delitos; ejercer la acción penal; procurar la reparación del daño a las víctimas, ente otras. Pero recordemos que aunque sea una u otra dependencia, las funciones no cambian pues el Código Nacional de Procedimientos Penales que rige todos los procedimientos penales del país no distingue entre estas instituciones. 
 
Sin embargo, la estructura orgánica si cambia, por ejemplo ahora sólo existirán cuatro Fiscalías Especializadas: en Materia de Derechos Humanos; de Asuntos Internos; en Delitos Electorales y en Combate a la Corrupción, los titulares de éstas dos últimas Fiscalías también serán nombrados por el Senado de la República, aunque estructuralmente dependan del fiscal general, una simbiosis rara pero con el ánimo de darle autonomía en sus decisiones.
 
Pero, aunque es prematuro decirlo ya que aún falta el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, la PGR tenía en su estructura la Subprocuraduría Especializada en Investigación contra la Delincuencia Organizada la cual tenía a su cargo las Unidades Especializadas para investigar delitos contra la salud (narcotráfico), secuestro, trata de personas y tráfico de armas; en la Fiscalía General no se prevén áreas especializadas para el combate e investigación de estos delitos.
 
Lo anterior, aún y cuando muchos se quejaron que dicha Subprocuraduría estaba relacionada o comprada por el crimen organizado y que había mucha corrupción; sin embargo, la esencia de quitar esas áreas preocupa un tanto ya que son los delitos que más aqueja a la sociedad en la actualidad, y no se ve que se disminuyan a corto plazo.
 
Además, en la PGR se encuentra la Unidad de Análisis Financieros que investiga delitos de lavado de dinero y operaciones con recursos de procedencia ilícita, ahora que área de la Fiscalía será la responsable de investigar dichos delitos, y más cuando el encargado de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaria de Hacienda prometió combatir el crimen organizado desde su estructura financiera.
 
Hay que darle seguimiento a la transformación de estas instituciones, y al funcionamiento de la nueva Fiscalía General de la República si es verdad que cumplirán con sus funciones y si serán capaces de acabar con la impunidad la corrupción, la delincuencia organizada, el problema de los asesinatos seriales que acaban en fosas clandestinas, los secuestros, y todos los delitos que aquejan a la sociedad. Para ello, debe haber una colaboración estrecha entre las corporaciones policiacas, Jueces y Magistrados, lo que al día de hoy no existe.