Además, los documentos probados incluyeron otras innovaciones como la tipificación de delitos de lesa humanidad como el genocidio, el apartheid y la tortura.

Se determinó también abolir la sanción de la cadena perpetua, que fue sustituida por la pena de 30 a 35 años de reclusión.

En la reforma se incluyó el delito de divulgación de noticias y documentos cubiertas por el secreto profesional.

En el comunicado se indicó el deseo del pontífice de renovar el compromiso de la Santa Sede con las convenciones internacionales contra delitos como el lavado de dinero y el terrorismo.

La persecución de estos delitos podrá incluir no sólo a las personas que lo cometen dentro del Vaticano sino a todos aquellos cuya actividad esté vinculado a la Santa Sede y a todas sus entidades.

La tipificación de estos delitos y las sanciones correspondientes tienen un valor civil relacionado sólo con el Estado de la Ciudad del Vaticano, y no tienen que ver con el derecho canónico, de tipo eclesiástico o que rige en la iglesia católica universal.