Fue el 3 de julio de 1955, hace 65 años, cuando las mujeres en México sufragaron por primera vez en una elección federal. Este hecho histórico fue el inicio de camino rumbo a la igualdad política y de género, con miras a alcanzar una sociedad más justa, paritaria y libre de violencia de género.

 Desde entonces, no ha cesado la actividad legislativa para impulsar reformas que  logren la justicia entre hombres y mujeres, como las reformas a nueve artículos de la Constitución que se publicaron 6 de junio del 2019 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en las que se incorporaron el principio de paridad de género en los Poderes de Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial)  con el mismo efecto a los estados y municipios, es decir se aplica este criterio a todos los organismos gubernamentales, incluidos los partidos políticos y asignación de candidaturas, lo que sin duda fue un gran paso.  Pero las mismas quedaron recientemente consumadas el 29 de julio del 2020, cuando por unanimidad de votos, la Cámara de Diputados aprobó cuatro dictámenes que reforman diversas disposiciones de 86 ordenamientos en materia de paridad de género.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que es presidido por el Magdo Felipe Fuente Barrera, siempre ha mostrado un  compromiso con este principio, asimismo por la defensa en favor de la mujer para que no exista violencia política por razones  de género y el rechazo a la discriminación de cualquier tipo,  como lo demuestran  las distintas sentencias que protegen derechos humanos y en particular derechos políticos, fundamentadas y justificadas en bloques de constitucionalidad conformados por la Constitución, los tratados internacionales y las normas nacionales aplicables a cada caso,  como por ejemplo: el SUP-REC-1150/2018 (paridad de género y personas con discapacidad).  

Recientemente, el 29 de julio, el TEPJF, volvió a dar muestra de esta determinación  de eliminar “la violencia política en razón de género” en el Asunto: SUP-REC-91/2020 y acumulado) el cual por mayoría de votos, el pleno de la Sala Superior, confirmó que una regidora del ayuntamiento de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, sufrió violencia política en razón de género, y derivado de ello ordenó al Instituto Electoral local integrar una lista de infractores que incluya el nombre del presidente municipal que perpetró el delito.

En este sentido, se le pidió hacer lo mismo al Instituto Nacional Electoral (INE) de crear una lista nacional que contenga los nombres de quienes, en sentencias firmes, hubieran incurrido en violencia política en razón de género, para tomarla en cuenta en las próximas elecciones. Asimismo, deberá emitir los lineamientos, y establecer los mecanismos de cooperación con los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) con el fin de que compartan la información de dichas listas.En lo personal, estoy convencido que todo lo que abone para desterrar la violencia de cualquier tipo contra la mujer, debe ser una constante en la educación y en la cultura de México.