Ciudad de México, México ::: 09 de abril de 2026 ::: La SCJN resolvió que las compañías telefónicas deben
fortalecer sus controles al realizar cambios de tarjetas SIM. Con nueve votos a favor, los ministros determinaron que la falta de verificación adecuada vulnera la privacidad, buscando evitar el robo de identidad y proteger la seguridad de los usuarios.
El pleno del máximo tribunal, a partir de un proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, determinó que permitir cambios de tarjeta SIM sin validar correctamente la identidad constituye una práctica ilegal, ya que puede facilitar accesos indebidos a cuentas bancarias, fraudes y la exposición de datos personales.
Como parte de la resolución de un juicio de amparo directo, promovido por una usuaria y la empresa AT&T, la Corte ordenó a las compañías telefónicas implementar protocolos más estrictos para la reposición de SIM. Entre ellos destacan la verificación presencial de identidad, el cotejo de datos y el uso de preguntas de seguridad.
De acuerdo con el expediente, una mujer en la Ciudad de México contrató un servicio de telefonía y vinculó su número a diversas aplicaciones y plataformas. Posteriormente, dejó de tener acceso a la línea, pero comenzó a recibir alertas sobre cambios de contraseñas e intentos de operaciones bancarias. Además, contactos suyos recibieron contenido íntimo sin su consentimiento.
Al acudir a un centro de atención, se le informó que su tarjeta SIM había sido reemplazada en el estado de Chihuahua. La afectada demandó a la compañía por no verificar adecuadamente su identidad, lo que permitió la intrusión en sus cuentas y la difusión de material personal.
Por su parte, AT&T rechazó responsabilidad argumentando que la usuaria decidió vincular su número a distintas aplicaciones, que no actuó oportunamente ante alertas de seguridad y que quien solicitó el cambio presentó una identificación oficial válida.
Inicialmente, una jueza consideró que no había elementos suficientes para acreditar negligencia de la empresa ni una relación directa entre el reemplazo de la SIM y los accesos no autorizados. Sin embargo, la SCJN revirtió este criterio.
::: Reconocen violencia digital y ordenan reparación
Las y los ministros concluyeron que existió daño moral derivado de violencia digital, por lo que ordenaron la reparación integral del daño. Asimismo, instruyeron que el caso sea analizado con perspectiva de género, evitando estereotipos y cualquier forma de revictimización.
La resolución sienta un precedente relevante en materia de protección de datos personales y seguridad digital, al obligar a las empresas de telecomunicaciones a reforzar sus procesos para evitar fraudes y suplantaciones de identidad.