ifai

México Infórmate y el Colectivo por la Transparencia expresaron su preocupación por las disposiciones regresivas que se pretenden incluir en el dictamen de la Reforma de Transparencia

Aseguraron que el proyecto incluyó las reservas presentadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) que son claramente regresivas y atentan contra la independencia y autonomía del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

Los organismos agregaron que el proceso de discusión legislativa en la Cámara de Diputados ha sido opaco y excluyente y la reforma de transparencia no ha sido considerada una prioridad para los legisladores, ya que terminó el segundo periodo de sesiones sin ser aprobada la Minuta del Senado que proponía disposiciones que ampliaban la protección del derecho de acceso a la información y fortalecían el sistema nacional de transparencia.

“Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; y de Transparencia y Anticorrupción se reunieron para discutir el dictamen para reformar la Constitución en materia de transparencia y acceso a la información. Los legisladores del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional se levantaron de la sesión por considerar que el dictamen presentado por las Comisiones Unidas disminuía la calidad de la minuta enviada por el Senado y contenía disposiciones que ponían en riesgo la independencia y autonomía del IFAI. Las comisiones se declararon en receso por no existir quorum para la votación del dictamen”, indican México Infórmate y el Colectivo por la Transparencia.

SIGUIENTES RESERVAS CLARAMENTE REGRESIVAS

Se modifica el dictamen del Senado para excluir a los partidos políticos de la autoridad inmediata del IFAI e incluirlos únicamente como sujetos obligados indirectos. La propuesta de dictamen señala que las autoridades electorales serán las competentes sobre la transparencia de los partidos y las asociaciones políticas. En el marco normativo vigente es el Instituto Federal Electoral la instancia competente en materia de transparencia de los partidos políticos. Este régimen ha demostrado ser ineficiente ya que los órganos electorales no son órganos especializados en materia de transparencia.

El dictamen también pretende eliminar la definitividad e inatacabilidad de las resoluciones del IFAI. Señala que las resoluciones del organismo autónomo en el ámbito federal serán vinculatorias para los sujetos obligados. Elimina la característica de las resoluciones de ser definitivas e inatacables, y agrega que el Consejero Jurídico del Gobierno, los Presidentes de la Cámara de Senadores o de Diputados o los Titulares de los organismos autónomos podrán interponer recursos de revisión ante la SCJN, cuando se fundamente que exista daño o perjuicio al interés público o una alta probabilidad de daño directo y trascendente a la seguridad o cuando la resolución emitida sea con motivo del ejercicio de la facultad de atracción.

COMPARAN CON MINUTA DEL SENADO

Esta disposición es un retroceso si se compara con lo propuesto en la minuta del Senado y se opone a la sentencia de la SCJN que señala que las decisiones de los órganos de transparencia deben ser definitivas e inatacables. Además la experiencia ha demostrado que las autoridades públicas harán uso de estos recursos para mantener en la opacidad temas de interés público. Por otra parte, el derecho de acceso a la información debe ser expedito, dar la posibilidad a las autoridades de acudir a instancias judiciales alarga innecesaria e injustificadamente el procedimiento de acceso a la información.

Asimismo México Infórmate y el Colectivo por la Transparencia indican que se atenta contra la autonomía del IFAI al establecer que el procedimiento para nombrar a las y los comisionados recaerá, una vez más, en el Presidente de la República. El dictamen establece que el Ejecutivo someterá ante la Cámara de Senadores una terna por cada vacante. La designación se hará, previa comparecencia de cada aspirante, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, dentro del plazo improrrogable de 30 días naturales contados a partir de la recepción de la propuesta.

Si la Cámara de Senadores no se pronuncia dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de Comisionado la persona que dentro de dicha terna señale el Presidente. En caso de que en la votación no se reúna la mayoría requerida, el Presidente de la República someterá una nueva terna. Si respecto de esta segunda propuesta el Senado no resolviera dentro del plazo de 30 días naturales, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna designe el Presidente.

“A las organizaciones integrantes del Colectivo por la Transparencia y a las personas integrantes de la Red de México Infórmate nos resulta además sumamente preocupante el hecho de que la reforma Constitucional en materia de transparencia haya sido relegada sistemáticamente por la Cámara de Diputados y que el proceso de discusión de la reforma haya sido llevado a cabo en medio de la más absoluta opacidad y falta de participación ciudadana.

La reforma de transparencia es fundamental para avanzar en la consolidación democrática. El tipo de propuestas presentadas por los partidos políticos en esta materia será la medida con la cual habrá de manifestarse su verdadera voluntad democrática por transparentar información de interés público, la asignación de recursos públicos e información necesaria para el ejercicio de los derechos humanos”, enfatizaron.

Por último México Infórmate y el Colectivo por la Transparencia hizo un enérgico llamado a la Cámara de Diputados para que sitúe entre sus prioridades la discusión de la reforma constitucional en materia de transparencia y que lleve el proceso legislativo de manera transparente e incluyente.