El pleno de ministros determinó que las autoridades del Centro Penitenciario y de Reinserción Social Nezahualcóyotl-Bordo Xochiaca. deben velar por condiciones seguras de internamiento en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social Nezahualcóyotl-Bordo Xochiaca

Ciudad de México::: a 23 de septiembre de 2026::: En el análisis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para resolver un amparo en revisión relacionado con las condiciones de sobrepoblación y hacinamiento en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social Nezahualcóyotl-Bordo Xochiaca, la ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció a favor de ordenar medidas inmediatas para combatir la sobrepoblación y señaló que las dificultades administrativas o presupuestarias no pueden convertirse en una pena adicional para quienes ya están pagando la que les impuso una sentencia judicial.

El pleno de ministros abordó este tema que deriva de una demanda de amparo promovida por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del Instituto Federal de Defensoría Pública en contra de la omisión de diversas autoridades del Estado de México de adoptar las medidas necesarias para erradicar la sobrepoblación en dicho Centro que actualmente alberga a más de 5 mil personas en un espacio diseñado para menos de 2 mil personas.

Durante el debate, Esquivel Mossa señaló que el análisis del asunto debe colocar en el centro a las personas privadas de la libertad, quienes pierden su libertad como consecuencia de un proceso penal o una sentencia, pero no su dignidad humana; ya que no se trata únicamente de un problema administrativo o de gestión penitenciaria, sino de una situación que afecta directamente derechos fundamentales.

 

La ministra destacó que el hacinamiento constituye una problemática estructural y que, conforme a los parámetros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuando la población penitenciaria supera el 120% de la capacidad del centro se alcanzan niveles críticos que pueden vulnerar la integridad personal. En este caso, la sobrepoblación alcanzaba 236.26%, aunado a que las propias autoridades reconocieron la existencia del hacinamiento.

También sostuvo que el hacinamiento no puede considerarse una simple deficiencia operativa, pues repercute en condiciones básicas de vida como dormir, higienizarse, recibir atención médica, acceder a programas de reinserción y ser tratado con dignidad, por lo que “las dificultades administrativas o presupuestarias no pueden convertirse en una pena adicional para quienes ya están pagando la que les impuso una sentencia judicial”.

La ministra Esquivel votó a favor de conceder el amparo y de ordenar medidas inmediatas, coordinadas y sujetas a supervisión judicial, entre ellas garantizar condiciones dignas y seguras de internamiento, evitar que continúe agravándose el hacinamiento y elaborar, en un plazo máximo de seis meses, un plan multidisciplinario e interinstitucional para solucionar la problemática, con informes trimestrales de cumplimiento.

 

 

@eloisadominguez

 

Eloísa Domínguez, reportera, con 26 años de experiencia. Antes ha sido editora de temas internacionales, además de las secciones Seguridad y Justicia y jefa de las secciones CDMX en diversos medios impresos. Colabora también para la revista 'Buzos de la Noticia'