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La Cámara de Diputados aprobó el dictamen de una iniciativa que corrige el sentido y la redacción de diversas disposiciones de la Ley de Migración, para precisar facultades del Instituto Nacional de Migración (INM) sobre la situación jurídica de extranjeros en el país.

El dictamen, aprobado por 373 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones, fue la iniciativa que el diputado perredista Marino Miranda Salgado presentó el 24 de septiembre de 2013, para reformar los artículos 3 y 111 de la Ley de Migración.

Al argumentar el dictamen, que se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación, la presidenta de la Comisión de Migración, Amalia García Medina, explicó que la corrección fue para agregar la palabra “hipótesis jurídica” porque solo aparecía la palabra “hipótesis”, y precisar le da solidez.

También en el Artículo 111, cuando se habla de que el INM resolverá la situación regular de los extranjeros, se cambia por “situación migratoria”, es decir, “técnica jurídica que fortalece la calidad legislativa”.

En tanto, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Néstor Octavio Gordillo Castillo, indicó que el mejoramiento de la redacción del Artículo 111 de la Ley de Migración abona a la seguridad jurídica de los migrantes y de las autoridades encargadas de aplicar dicha ley.

En el documento aprobado se precisa que el concepto de “situación migratoria” se define como la condición “en que se ubica un extranjero, en función del cumplimiento o incumplimiento de las disposiciones migratorias para su internación y estancia en el país”.

En ese sentido, si el migrante ha cumplido con esas disposiciones, su situación migratoria será regular, de lo contrario, será irregular.

El INM tiene entre sus facultades y obligaciones, resolver sobre la situación jurídica migratoria regular o irregular de los extranjeros presentados.

Sin embargo, el Artículo 111 de la Ley de Migración dice que el Instituto resolverá la “situación regular” de los extranjeros presentados en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contados a partir de su presentación”.

Es evidente que la redacción de esta disposición es un contrasentido que resulta necesario corregir, señala el legislador en su propuesta.

“Lo que el Instituto Nacional de Migración debe resolver es la situación migratoria de los extranjeros en nuestro país, determinando si ésta es regular o irregular, en función de la hipótesis jurídica en que los mismos se encuentren”, añadió.