Ciudad de México, 27 de octubre 2020, -  “Se debe tener claridad que la contribución para erradicar la violencia en los espectáculos deportivos es responsabilidad de la sociedad en general, no sólo de los cuerpos de seguridad y de las autoridades competentes, porque el origen y las consecuencias exceden el terreno de juego”, apuntó la congresista.

 Al presentar la iniciativa ente el Pleno en la sesión ordinaria remota de hoy martes, destacó la necesidad de incorporar en la normatividad el lenguaje incluyente, para que se considere a todas las personas que integran la sociedad.

Batres Guadarrama dijo que lejos de fortalecer los estereotipos que tradicionalmente han estigmatizado a la juventud, los grupos de animación deberían ser canalizados hacia actividades positivas que refuercen la identidad colectiva de las personas jóvenes y les exponga formas alternativas en el deporte, la cultura y recreación, lidiar con los conflictos a los que eventualmente se enfrentarán en su tránsito hacia la etapa adulta.

La propuesta se turnó a la Comisión de Administración Pública Local para su análisis y dictaminación.

En esta sesión la presidenta de la Mesa Directivo dio cuenta de una iniciativa que propone modificar la Ley de Cultura Cívica, y la turnó para su análisis y dictaminación a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.



El promovente de esta modificación, el diputado de MORENA, Eleazar Rubio Aldarán destacó la relevancia de tener una Ley de Cultura Cívica que establece las reglas mínimas de comportamiento y que sean difundidas por la autoridad, con el fin de no dejar en la indefensión a las y los ciudadanos cuando cometen alguna falta administrativa.

En la iniciativa se propone la obligación de la Jefatura de Gobierno a difundir de manera adecuada el contenido de la ley a la ciudadanía, con el fin de dotarla de los conocimientos necesarios para evitar que caigan en alguna de las faltas consideradas en esta norma.

Finalmente, apuntó que la propuesta señala que la nueva Ley de Cultura Cívica fomenta que las personas infractoras cumplan sus sanciones mediante trabajo comunitario en favor de su comunidad, disminuyendo las sanciones económicas y el arresto, para involucrarlas en acciones que beneficien su entorno y espacios públicos de su colonia, barrio o pueblo originario, por lo que por cada hora de trabajo comunitario equivale a dos horas de arresto.