CDMX 2 de abril 2025 :::: La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó la Fase 1 de contingencia ambiental por ozono, con el objetivo de disminuir

la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de la afectación a su salud, por lo que para el miércoles 2 de abril del 2025, se aplica el Doble Hoy No Circula en la Zona Metropolitana del Valle de México.

A través de un comunicado la CAMe detalló que a las 16:00 horas del día de hoy, se registraron concentraciones de ozono de 166 ppb en la estación FES Acatlán (FAC), ubicada en Naucalpan de Juárez; 156 ppb en la estación Tlalnepantla (TLA), ubicada en el municipio del mismo nombre y de 155 ppb en la estación Camarones (CAM), ubicada en la Alcaldía Azcapotzalco, Ciudad de México.

::: ¿Qué autos NO circulan el miércoles 2 de abril del 2025?

Mañana miércoles 2 de abril, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas los siguientes autos:

-Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

-Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8 y 0.

-Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4

-Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

-Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.

-Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.

- Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.