UNAM cede autonomía y evade facultades para invalidar título Esquivel Mossa

En entrevista con el doctor en derecho, Ramón Ignacio Cabrera León, exmagistrado del TFJAF, subprocurador fiscal, 

especialista en temas de derechos de autor y de asuntos jurídicos de la Secretaría de Educación Pública (SEP) entre otros tantos cargos desempeñados en la administración pública y privada, nos refiere que la Universidad Autónoma de México (UNAM), sí tiene facultades para revocar o invalidar un título que fue otorgado por esa Máxima Casa de Estudios. Y que, en el caso de la actual magistrada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Yasmín Esquivel Mossa, lo que procede es que la UNAM en su facultad de universidad autónoma, revoque el título otorgado a la alumna Yasmín Esquivel, en consecuencia de haber cometido fraude al presentar una tesis plagiada y sustentar examen profesional con engaños y ayuda fraudulenta, como lo manifiesta en carta fechada del día de ayer 12 de enero de 2023 y dirigida al rector de la UNAM, la cual transcribo en su totalidad, por la relevancia que representa para la sociedad mexicana.

"Ciudad de México a 12 de enero de 2023.

  1. ENRIQUE GRAUE WIECHERS,
    Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México,
    P r e s e n t e.

El que suscribe, Ramón Ignacio Cabrera León, abogado universitario y doctor en derecho por nuestra Universidad Nacional Autónoma de México -UNAM-, con matrícula 8953700-6, quiero expresarle mi gran decepción sobre el actuar universitario ante la omisión de nulificar el título de la señora Yasmín Esquivel Mossa.

Primero, porque en mi caso, el grado de exigencia para acreditar las materias de la carrera y doctorado que cursé, así como para evaluar mi tesis de licenciatura y mi investigación de doctorado, de cuya defensa logré obtener mi título profesional y grado académico, con honores en ambos casos, me implicó un gran esfuerzo y al final un gran motivo de orgullo.

Sin embargo, en el caso de la señora Esquivel puedo observar que, la comodidad del plagio de su tesis le permitió obtener un título profesional que, en principio la avala, igual que a mí, como una abogada egresada de nuestra universidad; con la gran diferencia que hay entre mi esfuerzo y dedicación, y la comodidad ladina e inmoral que le implicó el plagio que hizo del trabajo de otro compañero universitario.

Si bien aplaudo el reconocimiento público que hicieron las instancias universitarias para concluir que, en efecto, la señora plagió su trabajo, la tibieza para actuar en consecuencia y desconocer la validez del título que se le otorgó con base en un trabajo ilegal e ilegitimo, me decepciona.

El Estatuto General de la UNAM en su artículo 97, fracción III, responsabiliza a los universitarios por recibir “ayuda fraudulenta” en las pruebas de aptitud de aprovechamiento, como sin duda lo es la tesis y el examen profesional que presentó y sustentó la señora, y prevé la “nulidad del examen sustentado”. Así que, el pretexto utilizado respecto de que no hay mecanismos en la UNAM para nulificar el examen profesional de la señora y, como consecuencia de ello, el título expedido por la Universidad fue eso, un simple pretexto, más no un argumento debidamente fundado y motivado.

Por otra parte, haber enviado el asunto a la Secretaría de Educación Pública para que ésta resolviese sobre la nulidad del título, es un atentado en contra de la “autonomía” universitaria; pues, precisamente el “título” es la expresión última de la “autonomía”, ya que es el resumen de los planes y programas de estudio; así como de los requisitos de ingreso, de permanencia, de evaluación de aptitudes y de egreso, que sólo competen ser analizados, determinados y resueltos por los universitarios y no por alguna otra autoridad. Así, relegar la responsabilidad de calificar la validez de un “título” expedido por la UNAM en favor de la SEP, traiciona a miles de universitarios que a lo largo de la historia hemos peleado y defendido su autonomía.

Cabe apuntar que la legislación en materia de profesiones para la ahora Ciudad de México, en su artículo 67, sólo faculta a la SEP para cancelar las “inscripciones de títulos”, más no para anular los títulos expedidos por otras instancias. Así, la remisión que hizo la UNAM para que la SEP resuelva sobre la validez del título expedido por aquella, no podrá tener efectos sobre esto último, situación que debieron de haber advertido las autoridades universitarias; por lo que, ello también acaba siendo una argucia para sustentar la renuncia ilegítima al ejercicio de la facultad de anular un título profesional.

La actuación de las instancias universitarias en este penoso caso, por un lado, resta crédito y valor a todos los títulos emitidos por nuestra Máxima Casa de Estudios, demerita el prestigio de la institución y afecta la reputación de todos aquellos que, como yo, cumplimos a cabalidad con nuestros deberes universitarios para ser orgullosamente egresados de la UNAM.

Por otro lado, evadir la responsabilidad de nulificar el título mal habido de la señora Esquivel y turnarle la misma a la SEP, atenta en contra de la autonomía universitaria, que es la razón y el sustento de la grandeza de nuestra Alma Mater.

Por lo anterior, como ya lo dije al principio de esta carta, quedo decepcionado de las autoridades universitarias, las que a mi ver, no están a la altura de la grandeza de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Atentamente

Ramón Ignacio Cabrera León."

Hasta ahí la carta.

Habrá que esperar la respuesta de la UNAM en defensa de su autonomía y prestigio, para que se proceda en las demás instancias. El Gobierno Federal y la SEP no pueden ni deben inmiscuirse en la autonomía de la Máxima Casa de Estudios de México y solo podrá revocar la cédula profesional sí la UNAM invalida el título que se otorgó mediante el engaño y el fraude académico.

No es un asunto personal con la ahora magistrada, si no, es un tema que obliga a exigir el respeto a quienes con mucho esfuerzo, responsabilidad y honorablemente han cumplido con las disposiciones de la universidad para obtener una titulación, que han cumplido cabalmente con los requisitos y no se puede permitir que quien tramposamente ha engañado a las autoridades académicas pueda ostentar un título que no merece, no solo por los conocimientos, sino, por el valor moral y ético de haber hecho trampa al contar con ayuda fraudulenta para lograr evadir la obligación de realizar y defender la tesis.

Eso, independientemente de si la magistrada solicita o no su separación del cargo por vergüenza y falta de probidad.

Eduardo Ramos Fusther
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@RamosFusther
Licenciado en Derecho (TEC), Licenciado en Seguros y Fianzas y Administración de Riesgos (Universidad Marista). Maestrante en Pedagogía (Universidad YMCA). miembro del Consejo Nacional de Honor de la Academia Nacional de Periodistas de Radio y Televisión (ANPERT). Titular de "El Punto Crítico Radio". Editor del periódico El Punto Crítico. Con 50 años ejerciendo el periodismo.