El Senado de la República aprobó reformas constitucionales en materia de justicia laboral con lo que las juntas federales de conciliación y arbitraje estarán controladas por el poder judicial.
Además, crea un organismo federal descentralizado de conciliación, con autonomía de gestión y presupuestal, con facultades en el orden nacional para el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados.
El organismo encargado de los procesos en materia laboral contará con personalidad jurídica y patrimonio propios, plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión. Para la designación del titular de este organismo descentralizado, el Ejecutivo Federal someterá una terna a consideración de la Cámara de Senadores.
El Senado, previa comparecencia de las personas propuestas, realizará la designación correspondiente.
El dictamen aprobado establece que a nivel local, los organismos constituidos contarán con funciones conciliatorias, y será requisito que pase por estas instancias cualquier acción con el órgano jurisdiccional.
Se garantizará el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para la elección de sus dirigentes, la resolución de conflictos entre sindicatos y la solicitud de la celebración de un contrato colectivo de trabajo.
El vicepresidente de la mesa directiva, el perredista Luis Sánchez Jiménez, señaló que las modificaciones al sistema laboral, van de acuerdo a las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para transitar a un sistema judicial de resolución de conflictos laborales.
Se introducen las modalidades de voto directo y secreto, para procesar las principales determinaciones de los sindicatos, además de la creación de un organismo público federal, encargado de los registros de sindicatos y contratos colectivos de trabajo, precisó.
Por su parte, el priista Tereso Medina Ramírez, a nombre de las comisiones dictaminadoras, presentó modificaciones al dictamen, entre las que destaca una al artículo 123, apartado A, fracción XVIII, la cual devuelve la redacción a lo planteado originalmente en la iniciativa enviada por el Presidente de la República, cambios que fueron avalados por los legisladores.
Con la modificación propuesta por un lado se planteó el punto de vista del empleador para contar con una norma constitucional que evite emplazamientos frívolos de falsas organizaciones sindicales, y por otro se ventiló el punto de vista del sector obrero para impedir la práctica de los contratos de protección que vulneran los derechos de los trabajadores.
Ante las discrepancias por la propuesta de modificación de dicho apartado, en torno a la hipótesis del emplazamiento a huelga para la suscripción de un contrato colectivo, el diálogo permitió arribar a un acuerdo para regresar el texto original de la fracción XVIII.
Por otro lado, para atender las preocupaciones de los sectores obrero y empresarial, respecto a las acciones inherentes a la solicitud de la celebración de un contrato colectivo, se propone adicionar que “cuando se trate de obtener la celebración de un contrato colectivo de trabajo, se deberá acreditar que se cuenta con la acreditación de los trabajadores”.
Con esta significativa reforma, considerando las modificaciones propuestas a través del presente acuerdo, nuestro país da entrada a una nueva etapa para la práctica de las relaciones laborales entre sindicatos, empresarios y trabajadores, puntualizó.
Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Enrique Burgos García manifestó que esta reforma plantea los elementos básicos de la transformación del derecho de acceso a la justicia del trabajo, ya que se afirma la distinción entre la función conciliatoria en los conflictos laborales y la función de impartición de justicia ante el surgimiento de posibles conflictos.
A través de este dictamen, se impulsa una nueva etapa en el derecho de acceso a la justicia en materia laboral, atendiendo a los trabajadores y la seguridad jurídica del gobierno, capital y trabajo; con ello, nuestro país se distingue por la protección de los derechos de los trabajadores y la generación de condiciones para que en las relaciones obrero-patronales imperen criterios de justicia, señaló.
En tanto, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, Miguel Barbosa Huerta expresó que se ha alcanzado un acuerdo completo sobre esta propuesta, “no fue fácil alcanzar los consensos, se tuvieron que estar defendiendo los derechos laborales”.
Indicó que se intentó alterar el derecho de huelga y afortunadamente se dejó intacto. “Estamos satisfechos del avance que se obtuvo, celebramos que así haya ocurrido, lo importante no es lo que se diga, sino lo que está contenido en el dictamen”.
El presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Miguel Ángel Chico Herrera, indicó que esta reforma es muestra del compromiso y respeto a la lucha del sindicalismo mexicano por los derechos de los trabajadores.
Escuchar las voces emanadas de la empresa y el sindicato es parte fundamental del ejercicio democrático, porque ello permite obtener mejores resultados al momento de trabajar a favor de México, “los derechos de los trabajadores han sido velados por grandes líderes que han comprendido la dignidad de los obreros”.
Al fijar la posición de su partido, el senador del Grupo Parlamentario del PVEM, Jorge Aréchiga Ávila, dijo que se refrenda el compromiso de protección de los trabajadores, ya que incorpora mecanismos que agilizarán los procedimientos judiciales.
Detalló que las actuales juntas locales y federal de Conciliación y Arbitraje se transforman en un tribunal laboral o juzgados laborales, emitirán sentencias en lugar de laudos y éstos deberán ser con legalidad, imparcialidad, legalidad, transparencia, autonomía e independencia.
A nombre del Grupo Parlamentario del PRI, el senador Isaías González Cuevas expresó que los trabajadores de México “han sabido apretarse el cinturón en épocas en las que el país requiere austeridad y ahorro, han entendido que la demanda excesiva o la presión sin rumbo no conduce a nada bueno y han sabido contribuir a los programas necesarios de la economía”.
Dijo que la productividad debe convertirse en un estilo de vida, y por eso, insistió, “estamos de acuerdo que las relaciones entre empresa y sindicatos se realicen en el marco de certidumbre jurídica, y que los contratos colectivos y las propias organizaciones sindicales respondan realmente a los intereses de los empleados”.
Héctor David Flores Ávalos, senador del Grupo Parlamentario del PAN, afirmó que las modificaciones pretenden hacer de México un país más competitivo, fortalecer la generación de empleos y derechos sociales que se plasmaron en 1917, “robusteciendo el papel del trabajador como eje rector de esos derechos”.
“Hoy se plantea una nueva perspectiva que prevé una mejora para todos los trabajadores de nuestro país. La reforma constitucional, agregó, es el inicio de una serie de cambios institucionales que buscan erradicar las malas prácticas que hoy existen y mejorar el acceso a la justicia en materia laboral”.
La senadora del PAN, María del Pilar Ortega, calificó la reforma como histórica para el país, toda vez que el modelo de justicia laboral de 1917 respondió en su momento a un anhelo de justicia social, pero los cambios, dijo, van a contribuir a consolidar una mejor justicia laboral, a generar equilibrios y a incentivar el crecimiento económico.
El senador del Grupo Parlamentario del PRD, Luis Humberto Fernández Fuentes, destacó el hecho de que la reforma se basará sólo en lo relativo a la justicia laboral sin tocar los derechos de los trabajadores; y enumeró tres ventajas: pasar de un régimen de relaciones laborales a uno basado en juicios que depende del Poder Judicial; pasar de un régimen de lo contencioso a lo conciliatorio; y que se dé la certidumbre a los trabajadores en su orden democrático.