Revelan que el propio SAT se confunde con factura electrónica

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A pesar de que desde el primero de enero de este año todos los contribuyentes de nuestro país deben emitir sus comprobantes fiscales por internet, llamado este procedimiento como “factura electrónica”, la gran mayoría de las empresas tiene confusión en cuanto al manejo y la manera en que se tiene que seguir este procedimiento.

 De acuerdo a un recorrido que realizó El Punto Crítico por establecimientos de la ciudad de México se pudo comprobar que las modificaciones realizadas por los legisladores a las disposiciones fiscales son tan poco conocidas que los propios asesores del SAT han dado información incorrecta a los contribuyentes.

 Como se recordará de acuerdo con la reforma al Código Fiscal de la Federación, desde este 1 de enero de 2014 los contribuyentes que deseen facturar deberán emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), pues el resto de esquemas quedarán eliminados.

 Sin embargo, al cierre de agosto pasado, sólo 702 mil 822 contribuyentes utilizaban ya el CFDI, según las cifras más actualizadas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).Esto implica que existen casi 3 millones de contribuyentes que no han migrado al esquema digital por internet y deben hacerlo si desean facturar el próximo año.

 De ellos, 222 mil 610 facturan por medios propios con Comprobantes Fiscales Digitales (CFD), y 2 millones 708 mil 340 lo hace con comprobantes con Código de Barras Bidimensional (CBB).

 Dueños de establecimientos que deberán realizar sus contribuciones por este medio también nos notificaron que desde el pasado mes de noviembre los asesores telefónicos del SAT todavía indicaban que la migración a la factura electrónica era obligatoria solo para aquellos contribuyentes con ingresos anuales superiores a 250 mil pesos, además que el número de usuarios en CFDI creció apenas 7 por ciento de agosto a la fecha.

 Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT)  informó a través de los medios de comunicación  que a partir del 1 de enero, todos los contribuyentes deberían  emitir factura electrónica, excepto las personas físicas cuyos ingresos en 2012 no hayan excedido de 500 mil pesos, quienes tienen tres meses más para migrar a este esquema.

Asimismo se les notificó que dicho esquema para emitir factura electrónica es obligatorio para todas las personas físicas y morales a partir de este año y reitera que no hay prórroga para su entrada en vigor.

 Además de que para las personas físicas cuyos ingresos en el ejercicio 2012 no hayan excedido de 500 mil pesos, la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 establece la facilidad de seguir utilizando sus comprobantes del Código de Barras Bidimensional o su Comprobante Fiscal Digital que venían utilizando.

Dicha personas podrán utilizar este tipo de comprobantes durante los tres meses siguientes (enero, febrero y marzo), y a partir del 1 de abril de 2014 ya deben migrar al esquema para emitir factura electrónica.

Asimismo, se precisó que para generar la factura electrónica es necesario tener la Fiel y utilizar la herramienta gratuita que ofrece el SAT en su página en Internet o bien, contratar a un auxiliar de facturación, cuya lista puede ser consultada en ese mismo sitio.

Al respecto, y en su momento, Manuel Toledo, presidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, coincidió en que la obligatoriedad de la factura electrónica sigue siendo un misterio para muchos, dado el nivel de atraso e ignorancia de las disposiciones por lo que se podría dar una prórroga en la medida por parte de la autoridad.  

 Ante esta problemática el Presidente de la Concanaco Servytur, Mtro. Jorge E. Dávila Flores, consideró necesaria una la prórroga para la facturación electrónica hasta el primero de abril del 2014, en favor de aquellos contribuyentes con ingresos anuales de hasta 500 mil pesos.

Explicó que a principios de diciembre del 2013, la Confederación había hecho la petición formal de extender el plazo límite para la facturación electrónica obligatoria, fijado para el primero de enero del año entrante, con el fin de ayudar a los empresarios del Comercio, los Servicios y el Turismo a ajustar sus sistemas contables al nuevo requerimiento.

Aclaró que con el anuncio del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el marco de la nueva Miscelánea Fiscal, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hubieran obtenido ingresos acumulables iguales o inferiores a 500 mil pesos, podrán continuar expidiendo comprobantes fiscales en forma impresa hasta el 31 de marzo del 2014.

El líder del comercio organizado del país precisó que en cuanto a las personas físicas con ingresos superiores a los 500 mil pesos y las personas morales o empresas, podrán optar por diferir la expedición de la factura electrónica, por concepto de remuneraciones por salarios y asimilados, así como por las retenciones de contribuciones que efectúen durante el periodo comprendido entre enero y marzo, a través de una aclaración en la página de internet del SAT, en la opción “mi portal”.

Dávila Flores Comentó además que los contribuyentes que a partir de enero de 2014 tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal no estarán obligados, hasta el 31 de marzo del 2014, a expedir Comprobante Fiscal Digital Independiente por las remuneraciones que efectúen por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, ni por las retenciones de contribuciones que lleven a cabo.

ENTENDER LA FACTURACION ELECTRONICA

  1. documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles afacturas tradicionales garantizando, entre otras cosas, la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.

La factura electrónica es la versión electrónica de las facturas tradicionales en soporte papel y debe ser funcional y legalmente equivalente a estas últimas. Por su propia naturaleza, las facturas electrónicas pueden almacenarse, gestionarse e intercambiarse por medios electrónicos o digitales.

Para que la factura electrónica tenga validez debe estar completada con la firma electrónica, que le da validez legal permitiendo eliminar la factura en papel.

Una factura es el justificante fiscal de la entrega de un producto o de la provisión de un servicio, que afecta al obligado tributario emisor (el vendedor) y al obligado tributario receptor (el comprador).

Tradicionalmente, es un documento en papel, cuyo original debe ser archivado por el receptor de la factura. Habitualmente el emisor de la factura conserva una copia o la matriz en la que se registra su emisión.

La factura electrónica es el equivalente digital y evolución lógica de la tradicional factura en papel. A diferencia de esta, se emplean soportes informáticos para su almacenamiento en lugar de un soporte físico como es el papel.

En cuestión de seguridad se dice que a una persona le llevaría años descifrar el código de una llave privada asociada a un certificado de sello digital en comparación con los 30 minutos que le tomaría a un falsificador copiar una firma en papel.

Dependiendo del tamaño de las empresas y el volumen de su facturación, el ahorro en concepto de emisión y gestión de facturas (emisión, envío, recepción, almacenaje, búsqueda, firma, devolución, pago, envío, etc.) puede fluctuar entre el 40% y el 80%.

QUIÉNES ESTAN OBLIGADOS A LA FACTURA ELECTRONICA

 La Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y su anexo 3 establece que los contribuyentes con ingresos de hasta doscientos cincuenta mil pesos anuales deberán facturar electrónicamente usando el esquema de Código de Barras Bidimensional (CBB), mientras que aquellos con ingresos mayores a esta cantidad deberán facturar electrónicamente bajo el esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Así mismo, define que todos los contribuyentes que actualmente utilizan la modalidad CFD deberán adoptar la modalidad CFDI a partir del 1° de enero del 2014.

El CBB es un código que contiene datos particulares del contribuyente; este lo proporciona el SAT mediante solicitud vía Internet y deberá incluirse en todos los comprobantes fiscales. Lo único que se requiere es la FIEL y entrar al portal www.sat.gob.mx, indicando los folios a utilizar.

El CFDI es una factura que requiere ser timbrada electrónicamente por un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). Por lo tanto, implica adquirir con este último una cantidad específica de timbres fiscales.

Para este procedimiento es imprescindible contar con la FIEL y solicitar en el mismo portal del SAT un certificado de sellos digitales, éstos se utilizarán en la emisión de las facturas.

Este proceso se simplifica enormemente utilizando software comercial preparado y contratando consultores certificados.

CUADRO

Una factura electrónica se construye en 2 fases:

  1. 1.   Se crea la factura tal y como se ha hecho siempre y se almacena enfichero de datos.
  2. 2.   Posteriormente se procede a su firma concertificado digital o electrónico propiedad del emisor que cifra el contenido de factura y añade el sello digital a la misma

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