En la edición de este miércoles del Diario Oficial de la Federación, se da a conocer que se adiciona el artículo 71 a la Ley del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit).
Éste señala que con el objetivo de preservar y fortalecer el ahorro de los derechohabientes, depositado en su subcuenta de vivienda y atendiendo los balances necesarios que su naturaleza social exige, el Instituto brindará opciones que ayuden a los acreditados a conservar su patrimonio.
De esta manera el Instituto llevará a cabo la recuperación de los créditos que hubiera otorgado partiendo de un esquema de cobranza social aprobado por el Consejo de Administración.