La Reforma Constitucional ya está hecha y habrá que buscar la manera de que sea en beneficio del sistema democrático nacional, manifestó el Magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Flavio Galván, al participar en la Conmemoración del 15 Aniversario del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Durante su intervención en la Mesa de Debate “La Reforma Constitucional en materia político electoral de 2014 a debate”, señaló que no hay en la Reforma Constitucional ninguna disposición relativa a la reestructuración orgánica de los órganos jurisdiccionales electorales locales y no hay nada previsto sobre distribución de competencia y menos aún de los medios de impugnación.
“Parece que hace falta otra reforma a la Reforma Constitucional para poder subsanar las omisiones o corregir algunas de las contradicciones que podríamos encontrar”, enfatizó.
En tanto, el Magistrado Armando Maitret comentó que dado que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación será el encargado de imponer sanciones a los partidos políticos, se debe pensar en “un rediseño del TEPJF, que traería consigo la creación de una sala especializada en sanciones que ayude en esta función”.
Asimismo, señaló que la nulidad de las elecciones es un reto impresionante y que si se va a anular por rebase de gastos de campaña, “el modelo de fiscalización debe modificarse, rediseñarse y atender a las experiencias (…) Si no nos dotan de reglas claras y precisas de cómo se va a hacer, no nos pueden hacer responsables de que no encontremos pruebas del rebase de tope de campaña”.
Por otro lado, al dictar la conferencia “Mecanismos de control nacionales e internacionales de los Derechos Humanos”, el maestro Israel Hernández González, secretario técnico del Consejo de la Judicatura Federal, señaló que México tiene un sistema mixto de control de los Derechos Humanos, por lo que “los jueces se encuentran limitados en cuanto al ejercicio de un control constitucional y difuso”.
Finalmente, señaló que lo que se debe ejercer en México es el sistema de control de constitucional ya sea concentrado o difuso, pero no el de convencionalidad, pues esté más bien se debe usar a nivel internacional.