La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer las bases de licitación para seleccionar al socio de Pemex Exploración y Producción (PEP), que en asociación llevará a cabo actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en aguas profundas del Golfo de México.
Mediante un comunicado, la dependencia destacó que en este es primer proceso de licitación que lleva a cabo el Estado mexicano para que Pemex pueda desarrollar campos de hidrocarburos con la participación de terceros.
De esta forma, Pemex hace uso de la flexibilidad que le dio la Reforma Energética en materia de poder buscar socios que contribuyan con recursos para el desarrollo de los proyectos, que compartan los riesgos con la empresa y con el Estado mexicano, y que permitan emplear las mejores tecnologías para el desarrollo de yacimiento de mayor complejidad.
El procedimiento de licitación de las áreas contractuales de esta convocatoria fue diseñado para asegurar la participación de empresas que operen en aguas ultra profundas con probada capacidad y experiencia.
Para ello, la Secretaría de Energía definió requisitos de elementos técnicos, financieros, de ejecución y de experiencia que fueron opinados favorablemente por PEP. Al igual que en las convocatorias de las Rondas, las Bases de Licitación garantizan que este proceso se lleve a cabo bajo principios de transparencia, máxima publicidad, igualdad, competitividad y sencillez.
RECUADRO
Se destacan las siguientes características contractuales:
· Modalidad Licencia. Esta modalidad contractual implica que las principales contribuciones que pague el contratista se calcularán como una proporción de sus ingresos brutos, sin recuperación de costos.
· Objeto del Contrato. La realización de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en el área contractual.
· Vigencia. El contrato tendrá una duración inicial de 35 años con dos posibles prórrogas, de 10 y 5 años respectivamente, sujetas a que en el área contractual se encuentre en producción comercial regular previo a la solicitud de prórroga.
· Plazos. El contrato prevé las siguientes etapas:
· Un período de exploración inicial de 4 años, más dos periodos adicionales de 3 años cada uno;
· Un período de evaluación de hasta 3 años posteriores a un descubrimiento, y
· Un período de desarrollo con duración de 22 a 37 años, considerando las prórrogas (sujetas a la continuidad de la producción).
· Período Inicial de Exploración. Tendrá una duración inicial de 4 años, durante el cual el contratista deberá comprometerse a la ejecución del programa mínimo de trabajo y en su caso una parte o la totalidad del Incremento en el Programa Mínimo.
· Períodos Adicionales de Exploración. Se prevé la posibilidad de acceder a dos períodos adicionales de 3 años cada uno. Para acceder al primer período adicional, el contratista podrá comprometerse a perforar hasta dos pozos y, en su caso, concluir con el Incremento en el Programa Mínimo.
· Contenido Nacional. Se prevén porcentajes mínimos de contenido nacional de entre 3% y 10%, de acuerdo con la maduración del proyecto.
· Garantía de Cumplimiento. El contratista deberá presentar una carta de crédito irrevocable a favor de la CNH para garantizar los trabajos comprometidos durante la etapa de Exploración.
· Garantía Corporativa. El contratista deberá contar con el respaldo de su empresa matriz en última instancia o una filial debidamente capitalizada para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato.
· Rescisión Administrativa. Las causales de rescisión administrativa serán las establecidas conforme a la Ley de Hidrocarburos, considerando una etapa previa de investigación con el apoyo de un tercero independiente para la posible determinación de dolo o culpa por parte del contratista.
· Rescisión Contractual. Aplicable ante el incumplimiento injustificado de obligaciones contractuales, previendo la posibilidad de emplear los mecanismos alternativos para la solución de controversias definidos en el contrato: conciliación y/o arbitraje.
· Progresividad en el Contrato. Se incluye un mecanismo de ajuste que implica que aumentará la calidad de recursos que reciba el Estado mexicano en caso de cambios positivos en materia de precios o de producción.