Si han pasado años sin que el usuario de una institución financiera realice movimientos en su cuenta de ahorro, por ejemplo, los recursos económicos podrían ya no estar a su alcance.
Con base en el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, se considera que si una cuenta bancaria es abandonada, es decir, si no presenta depósitos ni retiros en determinado tiempo, los recursos pueden ser entregados a la Beneficencia Pública.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) dio a conocer que al cumplirse tres años de inactividad los recursos financieros pasan a una cuenta global, en la que el monto seguirá siendo del titular y en caso de reclamo podrá aún disponer del mismo.
El banco en cuestión tiene la obligación de avisar en el domicilio que tiene registrado con 90 días de anticipación a que se traspasen los recursos a la cuenta concentradora.
Al transcurrir otros tres años más a partir de que fueron depositados los recursos en la cuenta concentradora y éstos no tengan transacción alguna por parte del titular y no excedan más 300 días de salario mínimo general, el dinero será entregado a la Beneficencia Pública.
En este caso, los recursos ya no podrán recuperarse y serán entregados para atender las necesidades más urgentes de las clases desprotegidas, de acuerdo con la citada legislación.
La Condusef recomienda por ello realizar de manera periódica algún movimiento en las cuentas bancarias, así como mantener actualizados datos como dirección y beneficiarios para no perder dichos recursos.