A partir de este martes, empleados y titulares de espectáculos públicos que presenten una exhibición circense en el Distrito Federal y que tengan permiso de posesión y traslado de animales silvestres, tendrán un plazo de 365 días para adecuar su espectáculo en la capital del país.
Es decir, es obligación de los dueños de dichas funciones, cualquiera que sea el lugar donde se celebren, abstenerse de presentar una exhibición con animales.
Se entiende por espectáculo circense, aquella representación artística, con la participación de malabaristas, payasos, equilibristas y otro tipo de artistas, que se realiza en un inmueble cubierto o al aire libre.
Los interesados en obtener los permisos para la celebración de espectáculos públicos en lugares que no cuenten con licencia de funcionamiento para estos efectos, deberán presentar la solicitud correspondiente ante ventanilla única o de gestión, con diez días hábiles de anticipación a la presentación del evento, excepto en los casos de espectáculos masivos, que deberán ser con quince días hábiles de anticipación.
El aviso se presentará en el formato que para el efecto proporcione la ventanilla única o de la de gestión, y los interesados estarán obligados a manifestar bajo protesta de decir verdad que durante la celebración del espectáculo circense no se presentarán animales.
De lo contrario se sancionará con el equivalente de 9 mil a 12 mil días de multa por violaciones a lo dispuesto en este ordenamiento, de acuerdo con el decreto publicado este martes en la Gaceta Oficial donde se adicionan diversas disposiciones a la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos.