El documento suscrito por las partes permite “brindar seguridad y estabilidad jurídica al Acuerdo Final; para asegurar su introducción al ordenamiento jurídico colombiano”.
Ambas partes garantizan que el Acuerdo Final se cumpla “tanto conforme al derecho interno colombiano como conforme al derecho internacional”.
“Se trata de una serie de mecanismos institucionales y democráticos complementarios, que en su conjunto constituyen una ruta expedita y segura”, según un comunicado conjunto.
El gobierno colombiano se comprometió además a introducir, antes del próximo 18 de mayo, un artículo transitorio en la Constitución Política que establezca que el convenio final tendrá la categoría de un Acuerdo Especial.
Dicho artículo establecería que “en desarrollo del derecho a la paz, el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera constituye un Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949”.
Asimismo, el Acuerdo Final ingresará al llamado Bloque de Constitucionalidad con carácter transitorio, a fin de que sirva como parámetro de constitucionalidad para el desarrollo y la interpretación de las normas de implementación de los acuerdos.