Reforma de Movilidad no restringe manifestarse: PRI

irazema

La Reforma en Materia de Derecho a la Movilidad Universal aprobado en el Pleno de la Cámara de Diputados, de ninguna manera limita o restringe en sentido o momento alguno la facultad y derecho de las personas para manifestarse o reunirse, conforme a lo previsto en otros derechos humanos de nuestra Constitución, afirmó Irazema González, integrante de la Comisión de Competitividad.

La ciudad de México, es un claro ejemplo de que se está apostando a una cultura de movilidad, tanto en la implementación de las políticas públicas, como en las de transporte, de urbanidad, de accesibilidad, de recuperación de espacios públicos, de derechos humanos, así como la normativa a través de la Asamblea Legislativa, por lo que es necesario ampliar a toda la población dicha prerrogativa de movilidad, con ello garantizaremos un mejor desarrollo e integración social, armonizando con el principio del bien común”, explicó la diputada del PRI.

“El derecho a la movilidad universal, como lo señala la Carta de Derechos Humanos, se refiere al derecho de toda persona a migrar y establecer su residencia en el lugar de su elección, sin que este derecho pueda ser usado para criminalizar la protesta ni interpretado en modo alguno como un concepto para restringir los derechos humanos y democráticos de reunión, manifestación y expresión, consagrados en la propia Constitución en los artículo 1º, 6º, y 9º”, mencionó.

Irazema González destacó que el derecho a la movilidad “no está en pugna con el ejercicio de otros derechos fundamentales, tales como el derecho de reunión, la libre manifestación, la libertad de expresión y protesta social, pues éstos hacen viable la posibilidad de que las personas puedan participar de diversas maneras en la exigencia y opinión de los asuntos públicos”.

“La legislación que expida el Congreso de la Unión en materia de movilidad universal no debe partir ni entender que existe tensión o contradicción entre este derecho con el ejercicio de otros derechos humanos, sino al contrario, el Derecho a la Movilidad Universal pasa a formar parte del conjunto de derechos humanos reconocidos por la Constitución, de los cuales gozarán todas las personas en el territorio nacional como derechos reconocidos en el cuerpo constitucional”, mencionó la Vicecoordinadora de Gestión Social.

“Considerando la jerarquía de los derechos humanos reconocidos por la Constitución, la legislación en materia de movilidad universal no puede ni debe restringir o suspender el ejercicio de cualquier derecho humano con esa jerarquía”, agregó Irazema González.

“Toda vez que la reforma constitucional prevista en este dictamen con proyecto de decreto no plantea restringir ni suspender ningún derecho, sino al contrario, plantea se reconozca el derecho a la movilidad universal en el cuerpo del texto constitucional, es que la legislación de la materia no podrá restringir ningún derecho previsto en la Carta Magna”, concluyó.

 

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