• Esta resolución se suma al hecho de que Ricardo Anaya fue exonerado por la
propia PGR, aproximadamente 6 meses después de la elección presidencial de 2018.
• El uso faccioso e ilegal de la PGR en contra de un candidato presidencial fue una vulgar y artera maniobra.
• La PGR causó un daño gravísimo a la candidatura presidencial de Ricardo Anaya, lo cual jamás debe repetirse.
El día de hoy, finalmente, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió en definitiva y POR UNANIMIDAD de sus integrantes, sancionar a los funcionarios de la PGR que durante el pasado proceso electoral afectaron la equidad de la contienda, en perjuicio del entonces candidato Ricardo Anaya.
La resolución del día de hoy es definitiva, por tratarse de la última instancia en la materia, y se suma al hecho de que 6 meses después de la elección presidencial de julio de 2018, Ricardo Anaya fue exonerado por la propia PGR de las acusaciones que durante la campaña se hicieron en su contra.
La resolución del día de hoy, confirma que las acusaciones en contra de Ricardo Anaya, hechas en pleno proceso electoral, fueron una artera y vulgar maniobra, que afectó severamente la equidad en la pasada elección presidencial.
Celebramos el sentido de la resolución del día de hoy, y condenamos enérgicamente el uso faccioso de la PGR en contra de Ricardo Anaya, el cual causó un gravísimo daño a su candidatura.
En apoyo de la resolución, el Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón señaló con contundencia que “por ningún motivo se puede dejar impune el desvío del poder” y que “el Estado no puede acusar a las personas sin pruebas y por razones políticas”. Asimismo, señaló que la intervención de los funcionarios de la PGR “desbalanceó el proceso de formación de preferencias”.
Por su parte, la magistrada Janine Otálora señaló con precisión que “en este caso, funcionarios de la PGR dejaron de atender el principio de neutralidad para intervenir como actores en la comunicación política dentro de un proceso electoral. Y esta es justamente una conducta perniciosa que debe ser siempre advertida por la autoridad y sancionada para blindar a nuestra democracia de la influencia del poder público”.
Por unanimidad de votos, las y los magistrados confirmaron la sentencia de la Sala Especializada del propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la que se establece que “la PGR tiene un deber especial de cuidado respecto de los principios de neutralidad, imparcialidad y objetividad, debido a la trascendencia de los asuntos que está facultada a investigar. Lo anterior, de forma eminente cuando se encuentra en juego el principio de equidad en la contienda, el cual, al encontrarse consagrado en la Constitución Federal y ser la base sustantiva para el pleno ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía, exige un cuidado reforzado por parte de todas las autoridades”.
Asimismo, se confirmó la resolución en la que se estableció que “se actualiza un uso indebido de recursos públicos para afectar la contienda electoral”.
De acuerdo con la resolución, “se declara la existencia de la infracción consistente en el uso parcial de recursos públicos para afectar la equidad en la contienda electoral, atribuida a Alonso Israel Lira Salas, en su calidad de Subprocurador Especializado en Investigación de Delincuencia Organizada y Rafael Lugo Sánchez, Director General de Comunicación Social de la Procuraduría General de la República”.