La Comisión de Quejas y Denuncias del INE concedió las medidas cautelares solicitadas por Arturo Cordero Estrada y Carlos Ramírez Hernández, ambos militantes de Morena, por promoción personalizada en internet y redes sociales del diputado federal, Porfirio Muñoz Ledo, en el contexto del proceso de renovación de la dirigencia de ese partido político.
Del análisis preliminar a ocho publicaciones alojadas en la cuenta oficial de Twitter del diputado, así como la pinta de una barda en la Alcaldía Tlalpan, la Comisión señaló que, bajo la apariencia del buen derecho, dicha publicidad debe ser retirada, ya que está encaminada a promocionar la aspiración del denunciado para ocupar la Presidencia de Morena.
Si bien se observó que dichas publicaciones fueron colocadas en las redes desde hace semanas, en congruencia con la determinación del viernes 16 de octubre que también ordenó retirar mensajes en la red social Facebook para promocionar la imagen del aspirante a la Presidencia del partido Morena, se emitió esta nueva medida cautelar.
Por ello, se ordenó a Porfirio Muñoz Ledo para que en un plazo no mayor a tres horas realice las acciones, trámites y gestiones suficientes para eliminar de la cuenta de Twitter @PMunozLedo el material denunciado. De igual forma, se ordena retirar toda publicidad o propaganda, fija, móvil o de cualquier otra índole, en la que se haga referencia o que contenga elementos relacionados con la renovación de la Presidencia de Morena.
Respecto al uso de recursos públicos se daclaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada, en virtud de que es materia de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Por término de la Jornada Electoral en Hidalgo, CQyD del INE determina improcedencia de medidas cautelares en contra del PRD
En otro asunto, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por el Partido Encuentro Social Hidalgo en contra de José Alfredo Trejo Coronado, por la presunta compra o adquisición de tiempo en televisión para promocionar, durante el periodo de veda electoral del proceso electoral 2019-2020 en el estado de Hidalgo, a una planilla de candidatas y candidatos del Partido de la Revolución Democrática (PRD) a cargos de elección popular del municipio de Chapulhuacan, en esa entidad federativa.
La Comisión de Quejas determinó que los hechos denunciados son actos consumados, toda vez que el programa TV Cable Chapulhuacan denominado Foro de Participación Juvenil Chapulhuacan Hidalgo, transmitido en el canal 34 de Serra TV, fue retirado del aire al momento en que un seguidor les advirtió que su difusión se llevaba a cabo en veda electoral, aunado a que la televisora informó que no se tiene planeado volver a transmitirlo.
Por cuanto a la solicitud de ordenar la suspensión en la contratación y adquisición de tiempo en televisión, la Comisión la consideró improcedente, al tratarse de hechos futuros de realización incierta, precisando que sin advertir que el tema de adquisición de tiempos, será resuelto en el fondo del asunto por la Sala Regional Especializada del TEPJF.
Ambas quejas fueron resueltas por unanimidad de votos de las Consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela y del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.