Invalida SCJN ley que regula la publicidad oficial

México, 9 de septiembre 2021,-- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró ayer inconstitucional la Ley General de

Comunicación Social, aprobada en el mandato de Enrique Peña Nieto (2012-2018) para regular la propaganda gubernamental, al considerar que “no esclarece ni detalla los criterios” de gasto en publicidad oficial.

La ley tenía como objetivo reglamentar el modelo de propaganda gubernamental y garantizar que el gasto destinado a esta materia fuera eficiente y transparente.

La Primera Sala de la SCJN resolvió otorgar un amparo a la organización Artículo 19 en contra de la Ley General de Comunicación Social “porque no cumple a cabalidad con la tarea encomendada, en tanto no esclarece ni detalla los criterios a que debe estar sujeto el gasto en comunicación social”, expuso en el proyecto el magistrado de la corte Juan Luis González Alcántara Carrancá.

La SCJN recordó que a la organización Artículo 19 “se le reconoció interés legítimo para impugnar la Ley General de Comunicación Social, en virtud de que su objeto social está vinculado con la defensa de los derechos de libertad de expresión e información”.

La corte explicó que el efecto del amparo es que el Congreso cumpla con la obligación establecida en el artículo tercero transitorio del decreto de la reforma constitucional del 10 de febrero de 2014 en materia de la regulación de la propaganda gubernamental.

A finales de abril de 2018, la organización Artículo 19 criticó que la también llamada “Ley Chayote, “no preveía contratos claros para la publicidad oficial” y establecía a la Secretaría de Gobernación como órgano adjudicatario de la propaganda, convirtiéndose así en un “instrumento de control político” de los medios de comunicación.

En noviembre de 2017, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) instó al Congreso a aprobar una legislación que regulara “el gasto en publicidad oficial en aras de proteger el ejercicio de la libertad de expresión”.

 

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