*La reforma no busca impedir o limitar los empréstitos de las entidades, sino regularlas
La Cámara de Diputados modificó la minuta que le regresó el Senado sobre deuda de estados y municipios, y la turnó nuevamente a los senadores, ahora con una autorización que le permite a la colegisladora turnar a los congresos estatales sólo los artículos aprobados.
El Senado de la República tiene dos alternativas, indicó el líder camaral Ricardo Anaya Cortés: que envíe a las legislaturas de los estados el dictamen aprobado, para que lo voten sin el inciso cuarto que se rechazó, y que la colegisladora insista en la adhesión de este inciso cuatro y en ese supuesto no se podría volver a discutir esta reforma hasta el próximo periodo de sesiones.
La reforma se avaló en lo general por unanimidad, con 455 votos a favor, y posteriormente se discutieron y rechazaron dos reservas presentadas por Ricardo Mejía Berdeja, del Movimiento Ciudadano y Ricardo Villarreal García, del PAN, relativas al numeral 4 de la fracción VIII del artículo 73 constitucional.
Ambos planteaban, con diferente redacción, que la facultad de revisión de los ajustes de deuda que deberán tener las entidades federativas, sea sólo de la Cámara de Diputados y no compartida con el Senado, como lo agregó la colegisladora.
Más tarde el pleno aprobó por 262 votos a favor, 190 en contra y tres abstenciones, ese numeral 4, en los términos del dictamen, sin embargo, no alcanzó la votación requerida de dos terceras partes de los asistentes, en consecuencia fue excluido del proyecto remitido al Senado.
Anaya Cortés puso a consideración de la asamblea “que en caso de ser necesario, si se autoriza, que el Senado de la República remita a las legislaturas de los estados el proyecto de decreto, únicamente con los artículos aprobados por ambas cámaras”.
Esta reforma modifica diversas disposiciones de la Constitución para establecer principios, controles y lineamientos que promuevan un uso ordenado y sostenible del financiamiento para las entidades federativas y evitar el uso incorrecto de los recursos obtenidos vía deuda pública.
Fue aprobada en primer turno por la cámara baja, el pasado 17 de julio, en un periodo extraordinario y enviada al Senado, donde fue modificada, en su calidad de cámara revisora, el 22 de agosto y regresada con cambios a San Lázaro, que ahora la regresa otra vez a la cámara alta.
Sobre el tema, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Julio César Moreno Rivera (PRD), dijo que la reforma no busca impedir o limitar los empréstitos de las entidades, sino regular y transparentar su contratación.
“Se avanza en materia de transparencia, ya que los órdenes de gobierno estarán obligados a inscribir y publicar la totalidad de sus empréstitos y obligaciones de pago en un Registro Público Único y la ciudadanía podrá conocer los montos de deuda, el acreedor, la tasa de interés, el plazo para el pago y la garantía o fuente de pago”, señaló.
Indicó que la principal modificación que realizó el Senado a la minuta, fue establecer la conformación de una Comisión Legislativa Bicameral, cuya facultad, entre otras, será sancionar, y en su caso, objetar, la estrategia de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de los estados.