En una declaración pública, AI considera que si bien el artículo 21 constitucional (que ahora se pretende reformar), reconoce desde 2005 la jurisdicción en México de la Corte Penal Internacional, lo hace condicionado a la aprobación del Senado en cada caso.
La reforma propone un nuevo texto, que reconocería de manera directa la jurisdicción de la Corte en México, en los términos del Estatuto de Roma (que rige a esa instancia judicial) y de la cual México es parte desde 2006.
Como el actual texto constitucional condiciona la cooperación con la Corte a la decisión del Senado, Amnistía considera que hoy en día, México no cumple plenamente su compromiso, aunque la nueva modificación constitucional sería muy importante, “ésta debe ser sólo un primer paso”, pues México tiene que hacer otras reformas legales.
Menciona que de forma particular se requiere una ley que establezca los procedimientos de cooperación con la Corte y se debe tipificar en el Código mexicano los delitos de competencia de la Corte.
La Corte Penal Internacional tiene competencia en genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Sin embargo, actualmente México sólo ha tipificado el delito de genocidio en su Código Penal Federal y siguen pendientes los otros delitos.
Amnistía junto con otras organizaciones mexicanas, ha pedido a las autoridades federales avanzar en el cumplimiento de las obligaciones que México asumió al unirse a la Corte Penal Internacional.
Sin embargo, no se han dado avances, situación que contrasta con el hecho de que México es uno de los mayores contribuyentes al sostenimiento económico de la Corte Penal Internacional.