Deberán Tele Fácil y Telmex -Telnor celebrar convenios de interconexión

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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) informó que su Pleno determinó las condiciones que en materia de interconexión no pudieron convenir Tele Fácil México con las empresas Teléfonos de México y Teléfonos del Noroeste.

Agrega que la resolución establece que dentro de los 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la notificación

de ésta, Tele Fácil México y las empresas Telmex y Telnor deberán interconectar sus respectivas redes y celebrar los convenios de interconexión correspondientes.

Por otra parte, también dio a conocer que el Pleno acordó someter a consulta pública el “Anteproyecto de Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión”.

“Este ejercicio de transparencia y participación ciudadana estará disponible para su consulta y envío de opiniones, comentarios y propuestas durante un periodo continuo de 20 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a su publicación en el portal de Internet del Instituto”, informó.

Refiere que este documento tiene como antecedente el Acuerdo mediante el cual el Ifetel expidió las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, que no sometió a una consulta pública previa por tratarse de una situación de emergencia.

Esa situación, explica, derivó de la entrada en vigor de la Ley Federal de Competencia Económica, la cual causó la abrogación tácita del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica.

Ello podía comprometer los objetivos del Instituto de cumplir eficazmente con su función de autoridad en materia de competencia económica al sustanciar los procedimientos a los que se refiere esa Ley, indica.

De igual forma, el Pleno aprobó someter a consulta pública la modificación a los Lineamientos generales que deberán seguir los concesionarios de televisión abierta y restringida en materia de oferta y retransmisión de señales, mecanismos conocidos como must offer y must carry.

Dicha consulta estará disponible en la página de Internet del órgano regulador por un periodo de 10 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de su publicación.

Apunta que una vez cerrada la consulta pública, la Unidad de Contenidos y Medios Audiovisuales, dentro del plazo de 10 días hábiles, someterá a consideración del Pleno del Instituto, un proyecto que considere el resultado de la consulta de mérito, a efecto de que sea aprobada y publicada la modificación a los Lineamientos en el DOF.

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