Aprueban Sistema Nacional Anticorrupción

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El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) que fue aprobado en su mayoría en la Cámara de Diputados, establece, entre otras cosas, castigar a particulares y a empresas que sean cómplices de faltas administrativas graves, así como a los propios

servidores públicos.

En una sesión larga, en la que prevaleció el debate intenso entre los legisladores de oposición, finalmente fue aprobado este sistema Anticorrupción para la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos 

Con esta reforma, las sanciones administrativas podrán consistir en amonestación, suspensión, destitución e inhabilitación, así como en castigos económicos, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos que, en su caso, haya obtenido el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por los hechos y omisiones.

La ley propone incluir los principios generales de un régimen sancionador específico que atienda a la participación de particulares que intervengan en actos vinculados con faltas administrativas graves.

En el caso de las personas morales, se establece que serán sancionadas cuando los hechos vinculados con faltas administrativas graves sean realizados por personas físicas que actúen a nombre o representación de la persona moral o en beneficio de ella.

En materia de declaración patrimonial y conflictos de intereses, el dictamen señala que el objetivo es garantizar, a través de un enfoque moderno, la integridad en la toma de decisiones gubernamentales, para que no se vean comprometidas por intereses privados.

Agrega que los servidores públicos estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes y en los términos que determinen las leyes aplicables. Los servidores públicos que incurran en enriquecimiento ilícito se les podra seguir el procedimiento civil de extinción de dominio, el cual es independiente de la responsabilidad penal del delito cometido.

Asimismo, se amplía a siete años el plazo de prescripción por las faltas administrativas graves. El objetivo que se persigue es para que aquellos servidores públicos que incurrieran en alguna falta administrativa grave, puedan ser investigados y sancionados por una administración distinta en la que ejercían sus funciones.

El Sistema Nacional Anticorrupción no se limita sólo a generar nuevas disposiciones normativas o instancias en la burocracia estatal, sino que su propósito será evitar la impunidad en los actos de corrupción, a fin de que la sociedad observe que ese tipo de actos tiene consecuencias legales.

Este sistema anticorrupción no sólo busca sancionar con todo el peso de la ley a quien defraude la confianza y cometa actos de corrupción, sino que busca prevenir que se cometan actos que laceren la confianza de los ciudadanos y que minen la democracia de nuestro país.

Cabe hacer notar que desde 1982 no se había dado una reforma de gran calado en materia de combate a la corrupción, mientras que las aprobadas entonces eran inconsistentes e incompatibles. Por ello, afirmó, la ausencia de un diseño institucional libre de impunidad afectaba sensiblemente a los mexicanos desde hace 33 años.

El perredista Fernando Belaunzarán Méndez aclaró que aprobar este sistema “no quiere decir que mañana se acabe la corrupción”. Precisó que este mal es sistémico y que dicho instrumento ayudará a enfrentar este problema. Sin embargo, consideró que el reto será que esto no sea teórico y no se quede en un buen deseo.

De la misma fracción, la diputada Gloria Bautista Cuevas indicó que es necesario fortalecer los controles internos y externos para combatir a la corrupción bajo un esquema legal homogéneo y de coordinación en el actuar de las autoridades competentes. Precisó que el sistema se sustenta en el fortalecimiento de las autoridades responsables del control interno.

HABRÁ UN NUEVO COMITE

El Sistema Nacional Anticorrupción contará con un Comité Coordinador, además de que se crea un esquema jurisdiccional a cargo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para sancionar las responsabilidades administrativas graves de los servidores públicos.

Fija que los Magistrados de la Sala Superior serán designados por el Presidente de la República y ratificados por el Senado de la República, mientras que los magistrados de las Salas Regionales serán confirmados por mayoría.

Para el caso del Distrito Federal, se prevé la existencia de un Tribunal de Justicia Administrativa, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos y establecer su organización, funcionamiento, procedimientos y, en su caso, recursos contra sus resoluciones.

Crea un nuevo esquema de responsabilidades administrativas de los servidores públicos y de los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como de hechos de corrupción en que incurran tanto servidores públicos como particulares.

En materia de responsabilidades de los servidores públicos, considera que estas adquieren una carga agravada, toda vez que ejercen recursos públicos y desempeñan labores cuyos resultados tienen impactos colectivos, por lo que es necesario distinguir desde el texto constitucional los diferentes tipos de responsabilidades.

Se prevé que las responsabilidades administrativas graves serán investigadas y substanciadas por la Auditoría Superior de la Federación y los órganos internos de control, y su sanción corresponderá al Tribunal Federal de Justicia Administrativa y a sus homólogos en las entidades federativas. Por otra parte, aquéllas que la ley determine como no graves serán investigadas, sustanciadas y resueltas por los órganos internos de control.

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