Ley de Transparencia “ad hoc”

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Con 110 votos a favor, uno en contra y una abstención, el pleno del Senado aprobó, en lo general, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la que se establece que los funcionarios públicos no estarán obligados a publicar su

declaración patrimonial o por conflicto de interés, como lo habían propuesto organizaciones ciudadanas.

La Ley General de Transparencia dota de nuevas facultades al Instituto Federal de Accesos a la Información (IFAI) para obligar a que gobiernos federal y locales, congresos, sindicatos, partidos, fideicomisos, órganos autónomos y sindicatos transparenten la información de sus ejercicios.

Mientras la Corte dicte sentencia sobre la Controversia de quién puede abrir la información relativa a violaciones graves de derechos humanos, interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) el IFAI podrá seguir ordenando que se publiciten averiguaciones al respecto.

El artículo 5 determina que “no podrá clasificarse como reservada aquella información que está relacionada con la investigación de violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, de conformidad con el derecho nacional o los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte”.

Incluye un capítulo que obliga también a particulares que ejercen recursos públicos a transparentar su información.

Aquí, se determinó que los privados serán sancionados desde apercibimientos y multas que van de los 3,600 pesos hasta los 100 mil pesos y, en caso de la comisión de un delito, se presentará la denuncia de hechos ante la autoridad competente.

En el dictamen elaborado por las comisiones dictaminadoras de Anticorrupción, Estudios Legislativos y Gobernación se subraya que tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

Así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios.

En su intervención en tribuna, para hablar sobre el dictamen, la senadora del PAN, Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez, señaló que el nuevo ordenamiento refuerza el derecho constitucional al acceso a la información. Subrayó que la nueva ley permitirá a la ciudadanía acceder a los datos públicos en posesión de las instituciones sin restricción alguna. Precisó que el Senado debe garantizar mediante la creación de un marco legal sólido el acceso a la información.

El senador del PAN, Fernando Torres Graciano, refirió que el IFAI y los demás organismos garantes tendrán facultades de fiscalización, investigación y sanción a los sujetos obligados que se nieguen a entregar y hacer públicos los registros, información y el manejo de los recursos públicos asignados. Por ello, destacó la relevancia del dictamen, porque eleva y da certeza a los derechos y a las obligaciones en materia de rendición de cuentas en favor de la democracia y el desarrollo, funcionamiento y correcto uso de los recursos públicos.

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