“Grooming” aún no es tipificado en el Código Penal Federal

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La diputada Karen Quiroga Anguiano (PRD) explicó que el “grooming” es un término anglosajón que define las acciones que lleva a cabo un adulto por Internet para ganarse la confianza y amistad de un menor, haciéndose pasar por otro de la misma edad, con el objeto de pedirle imágenes o actos de contenido sexual o erótico para satisfacerse sexualmente.

Esta conducta se presenta constantemente en las redes sociales, chats, blogs, correos electrónicos o webcams y puede ser generador de otros delitos, incluso, ser parte de una red delictiva de pornografía infantil, trata de personas y prostitución.

Explica que debido a que dicha conducta aún no es tipificada en el Código Penal Federal, acarrea una serie de eventos que dañan psicológicamente a los menores, incluso agresiones físicas, amenazas, acoso o daño moral.

Aunado a ello, los padres o tutores, profesores y maestros conocen poco o no dan la debida importancia a este tipo de hechos, dejando pasar por alto problemas que pueden estar afectando seriamente y de manera irreversible a las y los niños.

Cabe recordar que en abril pasado la Cámara de Diputados aprobó un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y a la Procuraduría General de la República (PGR), a sumarse e implementar la resolución aprobada por el Parlamento Europeo sobre la Lucha Contra el Abuso Sexual Infantil y las imágenes ilegales en internet.

Asimismo un dictamen que exhorta al titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia para que lleve a cabo acciones tendentes a la disminución del maltrato infantil.

El punto de acuerdo del diputado Jaime Chris López Alvarado (PRI) refiere que en México el maltrato infantil aumentó 50 por ciento en un año; reportes de las procuradurías de la defensa del menor y la familia y de los sistemas estatales del DIF, revelan que en 2014 hubo 9 mil 378 denuncias más que en 2013.

El documento resalta que los estados donde se presenta mayor número de violencia contra las niñas, niños y adolescentes son: Aguascalientes, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Quintana Roo, Sinaloa y Yucatán.

El fallecimiento de los menores de edad, como consecuencia del constante maltrato, es más común de lo que se cree, ya que según encuestas del Inegi, durante el 2011 se registraron 8 mil 47 defunciones de menores de 18 años por causas violentas, 65.5 por ciento fueron accidentes; 19.4 por ciento, homicidios, y nueve de cada cien, suicidios.

“A nivel internacional, México se encuentra en una seria posición, ya que junto con Estados Unidos y Portugal, nuestro país presenta un índice hasta 15 veces superior de mortalidad de menores a causa del maltrato físico que en el resto de las naciones desarrolladas”, según el UNICEF.

Exhorto para que menores denuncien trasgresiones sin necesidad de representación o autorización

En tanto, se aprobó otro punto de acuerdo para exhortar a los Congresos locales, con excepción al de Hidalgo y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a modificar su marco jurídico que rige las comisiones locales de Derechos Humanos, para que se les faculte a recibir quejas de niñas y niños, sin necesidad de que a su nombre las formule un representante, cuando se ponga en peligro su vida, libertad o su integridad física o psicológica.

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