El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo particular el dictamen que reforma la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y lo envió al Senado para su análisis y eventual ratificación.
El documento fue avalado en lo general por 360 votos en pro y 53 en contra; diputados perredistas y de Morena presentaron reservas sobre seis artículos y un transitorio, pero ninguna de las propuestas para modificar diversos artículos fue aceptada.
El dictamen finalmente fue aprobado en lo particular y en sus términos por 300 votos a favor y 100 en contra, e incluye reformas y adiciones que tienen como objetivo fortalecer el régimen fiscal de Petróleos Mexicanos (Pemex) y flexibilizar la deducibilidad.
Con la reforma energética de 2014 se estableció un nuevo régimen de exploración y extracción de hidrocarburos y se incorporó los mecanismos más eficaces que promueven el desarrollo de la industria petrolera.
Las modificaciones que se aprobaron este martes tienen el propósito de flexibilizar las reglas a los asignatarios relativas a la determinación de los límites de deducción para la producción de petróleo y de gas asociado, en correspondencia a las características de las áreas de extracción terrestres y marinas.
También consideran una mayor flexibilidad en el régimen tributario aplicable, lo que da una condición de certidumbre financiera que permitirá a las empresas productivas del Estado una operación más eficiente y segura en las áreas de asignación, bajo las nuevas condiciones de volatilidad en el mercado mundial de hidrocarburos.
Pero además es un acto congruente con el espíritu y objeto originales de la reforma energética de 2014 que se plasman en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, se señala en el dictamen.
En el texto se plantea mantener el régimen de transición previsto en el artículo 2o, fracción VII del decreto en el que se expide la Ley de Ingreso sobre Hidrocarburos publicada el 11 de agosto de 2014, para continuar aplicando los montos máximos de deducción durante los ejercicios fiscales de 2017 y 2018, siempre y cuando se trate de hidrocarburos distintos al gas natural.
También se avalaron reformas con el propósito de modificar la definición del mecanismo de ajuste para que se puedan determinar condiciones económicas relativas a los términos fiscales que se adecúen mejor a las características de proyectos.
Asimismo se considero adecuado incluir en los contratos de licencia un esquema flexible que permita diseñar un mecanismo de ajuste más sencillo.
Se reformó el artículo 32, a efecto de que el acuerdo de operación conjunta se refleje el porcentaje en la participación que corresponda a cada uno de los integrantes del consorcio y los mecanismos mediante los cuales la participación pudiera variar durante la vigencia del contrato.
Igualmente fue modificado el artículo 63, con el fin de precisar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá instruir al Servicio de Administración Tributaria a brindar apoyo en la verificación de las operaciones y registros contables derivados de los contratos de exploración y extracción de hidrocarburos.
Ello tanto mediante auditorías como visitas a los contratistas, con los recursos técnicos y los recursos operativos necesarios para llevar a cabo dichas funciones.