AMLO podría ser juzgado por delitos electorales y corrupción

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La iniciativa de Ley presentada ante el Senado de la República buscaría que el proximo Presidente de la República pudiera ser juzgado por delitos electorales y de
corrupción, eliminando la inmunidad y el fuero.
• El constante abuso del fuero constitucional ha creado una sociedad distante y desconfiada.
 
La Carta Magna establece las responsabilidades en que pueden incurrir los servidores públicos por faltas administrativas graves o hechos de corrupción; pero es necesario realizar modificaciones respecto al juicio político, la declaración de procedencia y el procedimiento para exigir responsabilidad penal al titular del Ejecutivo Federal.
Con ello, se busca evitar casos como el de Oceanografía, el proyecto del tren México-Querétaro, la construcción de la “Casa blanca”, la llamada “Estafa maestra”, la autopista México-Cuernavaca donde se formó un socavón, la Línea 12 del Metro, que han causado problemas de gobernabilidad y legitimidad del Estado de Derecho.
Dijo que la “falta de principios que rigen el servicio público y el constante abuso del fuero constitucional, por parte de los servidores públicos, ha creado una sociedad distante y desconfiada”, pues observan que mientras pequeños grupos se enriquecen, la pobreza, desigualdad y marginación social cada vez van más en aumento.
El legislador consideró indispensable eliminar del texto constitucional el término “fuero constitucional” y la “declaración de procedencia”, ya que son figuras obsoletas y descalificadas por la sociedad que inhiben el proceso para poder exigir responsabilidad penal a cualquier servidor público.
Fócil Pérez sugirió precisar en la Carta Magna que los legisladores del Congreso de la Unión son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos administrativa o jurisdiccionalmente por dichas opiniones.
Consideró necesario que la o el Presidente de cada Cámara vele por el respeto a la inmunidad parlamentaria de sus integrantes, así como por la inviolabilidad de los recintos parlamentarios.
En su propuesta aclaró que las legisladoras y legisladores del Congreso de la Unión deben omitir cualquier conducta, expresión o acto de discriminación que atente contra la dignidad humana, por lo que en su función pública se sujetarán a lo dispuesto en la fracción III del artículo 1 de la Constitución.
La iniciativa se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación y de Estudios Legislativos, Primera.

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