Ciudad de México a 30 de abril 2020, - La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto
Nacional Electoral (INE) determinó que se ordene al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), detener la distribución y entrega de las cartas a través de las cuales se ofrecen créditos a personas con actividad empresarial y que están firmadas por el Titular del Ejecutivo Federal, ya que esto contraviene el artículo 134 Constitucional.
En sesión virtual de la Comisión, las Consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, así como el Consejero Jaime Rivera, determinaron procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), ya que del análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, dos primeras versiones de las cartas entregadas por el IMSS contienen elementos de promoción personalizada que resultan ajenos e innecesarios para informar a las personas beneficiarias del crédito, las modalidades y requisitos para su entrega.
Una vez iniciada la sesión de la Comisión esta mañana, el IMSS envió al INE un tercer modelo de carta, en el que no aparece ya el nombre del titular del Poder Ejecutivo y lo sustituye por Gobierno Federal. Tras un receso, esta última carta, que elimina cualquier tipo de promoción personalizada, se incluyó en el proyecto y se determinó no dictaminar medidas cautelares sobre la misma.
No obstante, la Comisión consideró que, bajo la apariencia del buen derecho, esta tercera versión no puede servir de base para echar abajo la determinación sobre la adopción de medidas cautelares sobre las primeras dos versiones de la misiva, al subsistir el desconocimiento e incertidumbre respecto de la cantidad y temporalidad de difusión y distribución de estas.
Asimismo, la Comisión determinó también que el IMSS deberá frenar cualquier tipo de exhibición, distribución o difusión de las dos primeras versiones de las cartas, a través de cualquier modalidad o medio de comunicación, incluyendo redes sociales y portales de internet.
Paralelamente a lo resuelto por la Comisión de Quejas, el INE informó que tiene abiertos diversos expedientes en contra de servidores públicos que, presumiblemente y, durante este periodo de contingencia sanitaria, han realizado actos contrarios a la citada disposición constitucional, a los cuales se les dará puntual seguimiento y trámite, en términos de lo que establece la normativa electoral.
La medida cautelar, alineada a la jurisprudencia existente: Zavala
Al explicar el proyecto de resolución, la Consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisión, explicó que la medida cautelar se alinea a la Jurisprudencia de la Sala Superior en relación con la neutralidad de los servidores públicos en proceso electoral, para evitar la promoción personalizada; pero también, señaló, no se puede dejar de analizar fuera de periodo electoral en cumplimiento al artículo 134 de la Constitución.
Resaltó que el IMSS ha tenido una actitud positiva al replantear la forma en que se estaba comunicando el programa a partir del diálogo procesal con la autoridad electoral a fin de dar cumplimiento a la normatividad.
Por su parte, la Consejera Adriana Favela dijo que las primeras versiones de la carta se difundieron en medios de comunicación y redes sociales institucionales, por lo que validó que se dictaran medidas cautelares para frenar esta promoción.
El Consejero Jaime Rivera subrayó que, de la revisión del proyecto de acuerdo que incorpora el documento de última hora, existe certidumbre y constancia de los hechos respecto de la difusión del programa de créditos que estuvo acompañada de promoción personalizada del Jefe del Ejecutivo en las cartas del programa de apoyos, los cuales no fueron negados y, en cambio, fueron aceptados por el IMSS.
El Consejero Ciro Murayama, presente en la reunión virtual, refirió al menos dos precedentes en la materia por parte del INE: el primero en 2012, cuando el presidente Felipe Calderón envió una carta a los contribuyentes en donde les reconoce su cumplimiento y ante la cual el INE (entonces IFE) determinó procedente el dictado de medidas cautelares. El segundo caso citado fue para solicitar que los llamados “servidores de la nación”, dejaran de portar indumentaria con la imagen del Presidente de la República al recabar datos para entregar apoyos, medida que fue ratificada por el Tribunal Electoral por representar una contravención al artículo 134 Constitucional de promoción personalizada.
El Consejero José Roberto Ruiz, por su parte, consideró desproporcionada la decisión de la Comisión al considerar que se tendría que requerir más datos de la dependencia, ya que no se cuenta con la información para resolver sobre las medidas cautelares. En todo caso propuso la Tutela Preventiva.
En la resolución se valora que el objetivo de la carta distribuida por el IMSS es hacer del conocimiento de la ciudadanía acciones concretas del gobierno federal, a fin de entregar créditos o apoyos económicos a personas con actividades empresariales que cumplan con ciertos requisitos; lo cual, en principio, encuadra dentro de la categoría de propaganda gubernamental.
Lo anterior encuentra sustento en el criterio sostenido por las sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en las cuales ha establecido que se entiende por propaganda gubernamental los actos, escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que llevan a cabo los servidores o entidades públicas para hacer del conocimiento de la ciudadanía la existencia de logros, programas, acciones, obras o medidas de gobierno para conseguir su aceptación.
Esta determinación no significa ni tiene como efecto la suspensión o cancelación del citado programa o plan de apoyo financiero, ni de ninguno otro, sino únicamente la modificación de la manera en que se comunica y da a conocer a la ciudadanía dicha medida gubernamental.
Asimismo, se vinculó a la Presidencia de la República y a la Secretaría de Economía para que, en el ámbito de sus atribuciones, coadyuven en el cumplimiento de las medidas cautelares.