El primero de varios pasos legislativos en beneficio no sólo de los competidores sino también de la ciudadanía en general, calificó el PRD en San Lázaro la reforma en materia de telecomunicaciones, advierte aspectos negativos como el del artículo 28 relativo a la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel).
“No sólo el nuevo dictamen no eliminó la doble ventanilla de la opinión no vinculante del Ejecutivo federal, sino que incluyó además el que la autoridad hacendaria (SHyCP) deberá opinar previamente a que el Ifetel establezca una contraprestación. Esta opinión no se dice si es o no vinculante”, señaló.
A través de su vocero, el diputado Carlos Reyes Gámiz la bancada perredista apunta, que no cejará en tareas legislativas para incluir en posteriores reformas y reglamentaciones secundarias, aspectos como el reforzamiento en la prohibición de la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística.
Otro punto negativo fue agregar un párrafo segundo al artículo quinto Transitorio, donde aseveró Reyes Gámiz, “se estableció que para que proceda la inversión extranjera al 49 por ciento, el país de origen de la inversión extranjera deberá prever la reciprocidad. Ello implica que si no hay reciprocidad, no habrá inversión extranjera en México”.
Asimismo, en el octavo transitorio, la excepción del “must carry” para los concesionarios de televisión restringida vía satélite. “La obligación must carry implica que un concesionario de televisión de paga deba forzosamente incluir dentro de sus paquetes de canales, aquellos canales de televisión abierta de su zona de cobertura.
Se estableció en el nuevo dictamen que los concesionarios de televisión de paga vía satélite (Sky y Dish) sólo están obligados a retransmitir las señales de televisión abierta que tengan cobertura en el 50 por ciento más del territorio nacional, con lo cual se limita la posibilidad que la sociedad reciba canales de televisión abierta de su región cuando adquiere paquetes de televisión de paga satelital”, indicó.
En ese mismo transitorio, en lo referente a la revocación de concesiones a los dominantes, el perredista explicó: “El “must offer” implica que los concesionarios de TV abierta deban ofrecer sus programas a los concesionarios de TV de paga de manera gratuita.
En el dictamen original se decía que los dominantes no se podrían beneficiar de la gratuidad. Se incluyó como causa de revocación de concesiones el que un dominante se beneficie del “must offer” a través de otros concesionarios. En estricto sentido, este tema es uno entre particulares (el empresario de la TV abierta y el empresario de la TV de paga). ¿Es razón suficiente de que un asunto entre particulares dé origen a la máxima sanción que es la revocación de la concesión?”, cuestionó.