En sesión pública los integrantes de la Sala Superior del Tribunal declararon por unanimidad fundados los agravios formulados por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en relación a las campañas de Quintana Roo, por lo que le ordena al IFE multar al PRD y al PAN.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera se establece que a pesar de que los promocionales “No nos vamos a dejar” y “Defensa del voto”, se transmitieron en el tiempo asignado a cada partido denunciado, en ambos mensajes se advierte la presencia de diversos candidatos.
Lo anterior, concluye la sentencia, es contrario a los principios de legalidad, equidad y certeza, al generar una sobreexposición frente al electorado de los candidatos de los Partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) que participaron en los promocionales.
Ante ello, los integrantes de la Sala Superior ordenaron al Consejo General del IFE que emita una nueva resolución, en la que se determine el grado de responsabilidad de los partidos políticos y candidatos denunciados y en consecuencia imponga las sanciones que en derecho correspondan.
De acuerdo con la sentencia, Acción Nacional tenía derecho a difundir 67 mensajes de televisión y el PRD 227; sin embargo, la imagen de los candidatos de ambos institutos políticos se difundió en el total de promocionales, situación que propició inequidad frente a los demás partidos políticos.
En otro asunto y por considerar que la multa impuesta al Partido Encuentro Social (PES) resulta excesiva para su capacidad económica, la Sala Superior ordenó al Consejo General del IFE que emita una nueva sanción en la que tome en cuenta sus condiciones particulares de financiamiento.
El Pleno ratificó la decisión de la autoridad administrativa electoral que declaró fundados los procedimientos especiales sancionadores seguidos contra los partidos Revolucionario Institucional (PRI), del Trabajo (PT), PES y PVEM, integrantes de la coalición Compromiso por Baja California.
Lo anterior, debido a la difusión indebida del promocional de radio y televisión denominado Terrenos en el que hacían imputaciones al entonces candidato a la gubernatura de la coalición Alianza Unidos Por Baja California, Francisco Arturo Vega de Lamadrid.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Pedro Esteban Penagos López se consideró que la multa impuesta al partido local es excesiva y desproporcionada, ya que para su cuantificación, el IFE dejó de valorar su situación económica, debido a que su financiamiento es menor y únicamente de origen estatal.