El coordinador del PAN, Luis Alberto Villarreal García informó que su partido presentara este jueves ante el Pleno una iniciativa de reforma constitucional para crear un sistema nacional que evalúe a servidores públicos de elección popular en los tres niveles de gobierno y legislaturas, con participación de los sectores social y privado.
Rechazó que con ello se pretenda crear un nuevo “sistema ministerial” y dijo que su objetivo es evaluar a funcionarios públicos y que los ciudadanos cuenten con elementos para decidir, en una futura elección, si les vuelven o no a otorgar su voto.
“Queremos que este sistema se convierta en un organismo encargado de mejorar el desempeño y el resultado óptimo del ejercicio de las funciones asignadas de los servidores públicos de elección popular”.
En rueda de prensa junto con otros diputados del PAN, Alberto Villarreal dijo que existen otras sanciones a las que están sujetos: la jurídica, a través de las leyes de responsabilidades de los servidores públicos, y la penal, con las normas a nivel federal y estatal, así como la que analiza el Congreso para crear la Comisión Nacional Anticorrupción”.
En su oportunidad, la diputada Rocío Reza Gallegos afirmó que el país requiere profesionalizar a su clase política, con un esquema de evaluación que se lleve a cabo a través de indicadores del desempeño.
“Si evaluamos a los maestros, a los policías, a los funcionarios públicos a través del servicio profesional de carrera, por qué no damos el ejemplo e iniciamos por evaluarnos nosotros, quienes tomamos las decisiones y somos los impulsores de las políticas públicas del país”, indicó.
La iniciativa, que entraría en vigor el 1 de septiembre de 2015, adiciona una fracción XXIX-R al artículo 73, con el propósito de facultar al Congreso “para expedir la Ley relativa al Sistema Nacional de Evaluación de los Servidores Públicos de Elección Popular aplicable en los tres órdenes de gobierno, así como la participación del sector social y privado en dicha evaluación”.
También reforma el segundo párrafo del artículo 108 de la Constitución, para precisar los cargos de elección popular que “serán considerados como servidores públicos de elección popular para efectos de las responsabilidades administrativas previstas en el presente Título”.
Entre estos cargos menciona: “El Presidente de la República, los Gobernadores de las entidades federativas, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Senadores de la República, los Diputados Federales, los Diputados a las Legislaturas Locales integrantes de los Ayuntamientos, y autoridades delegacionales del Distrito Federal”.