Pasa reforma al IFAI a Congresos estatales

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Tal como lo anticiparan desde el pasado fin de semana, los diputados avalaron este martes, con 424 votos a favor, 16 en contra y cuatro abstenciones, la minuta que les regresó el Senado sobre la reforma constitucional al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), y la turnó a los congresos de los estados para su

ratificación definitiva.

Las modificaciones a la Carta Magna precisan que es pública toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como los órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

También es pública la información de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.

Sólo podrá ser reservada temporalmente la información por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.

De este modo quedaron reformados los artículos 6, 73, 76, 89, 105, 108, 111 y 122 de la Constitución y se requiere del aval de la mayoría de las legislaturas de los estados para que se envíe al Ejecutivo y se publique en el Diario Oficial de la Federación, con el fin de que entre en vigor.

De manera inicial, el Senado lo aprobó en diciembre pasado, lo turnó a San Lázaro, donde se modificó el 22 de agosto y se regresó a la Cámara alta, que lo avaló con nuevos cambios el pasado miércoles 20 de noviembre, y envió de regreso a la Cámara de Diputados.

Ayer los diputados le dispensaron los trámites y pasaron de inmediato a su discusión y aprobación.

Con esta reforma se amplía la transparencia y rendición de cuentas, se otorga autonomía plena a este organismo y sus resoluciones serán inatacables, con el propósito de que el ciudadano cuente con mejores herramientas para evaluar a los funcionarios y representantes.

Prevalecerá el principio de “máxima publicidad”, bajo el cual tendrán que operar las instancias que sean auspiciadas por parte del gobierno en sus diversos niveles.

Toda clase de información sobre los asuntos y recursos que manejan las instituciones públicas puede ser conocida por la ciudadanía, salvo excepciones previstas en la ley y que son las relacionadas con asuntos de seguridad nacional y con la información personal de los ciudadanos.

El IFAI podrá resolver, igualmente, los recursos que interpongan los particulares respecto a las resoluciones que determinen la reserva, confidencialidad, inexistencia o negativa de una información.

La legislación establece que sólo el consejero jurídico del Ejecutivo federal podrá apelar las resoluciones del IFAI ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y únicamente cuando puedan poner en peligro la seguridad nacional.

Los actuales comisionados del IFAI podrán formar parte del nuevo organismo autónomo por el tiempo que resta de su nombramiento y para ese propósito se debe presentar una solicitud formal al Senado de la República, que resolverá en un plazo de 10 días, y su eventual ratificación debe ser avalada por dos terceras partes de los legisladores presentes.

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