Este martes, en la que fue su primera reunión plenaria correspondiente al periodo ordinario de sesiones que se instaló el 1 de febrero, la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, con las que se otorgan nuevas facultades a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para que impulse la modernización de este medio de transporte.
A partir de estas modificaciones, las cuales deberán ser aprobadas todavía por el Senado, la SCT a cargo de Gerardo Ruiz Esparza tendrá que garantizar la interconexión en las vías férreas cuando sean vías generales de comunicación, así como establecer condiciones y contraprestaciones en los casos donde los concesionarios no lleguen a un acuerdo.
Deberá establecer, además, las bases de regulación tarifaria cuando no existan condiciones de competencia efectiva, y buscar incrementar las oportunidades o concurrencia de nuevos participantes en infraestructura ferroviaria, para terminar con la exclusividad territorial de la cual gozan actualmente los concesionarios de ferrocarril.
Para ello se elimina el ejercicio anticompetitivo de la exclusividad territorial para sustituirlas por la de apertura de mercado.
El dictamen, que fue aprobado en lo general por 354 votos a favor, 36 en contra y nueve abstenciones, establece nuevas causales de revocación de las concesiones o permisos, entre ellas, a quienes ejecuten u omitan acciones que impidan o limiten el uso de servicios de interconexión de terminal, los derechos de paso, arrastre, o que impidan que las vías funcionen como rutas continuas de comunicación.
Será causal de revocación inmediata, inclusive, a quienes no mantengan las vías férreas de acuerdo a los estándares establecidos en reglamentos o normas oficiales mexicanas.
La SCT podrá revocar la concesión o permiso, cuando previamente hubiese sancionado al concesionario o permisionario en dos ocasiones cuando apliquen tarifas no registradas ante la secretaría.
También se revocará la concesión a quienes ejerzan prácticas anticompetitivas alegando exclusividad territorial.
GARANTÍAS Y ACUERDOS
El titular de Comunicaciones deberá garantizar también en las bases de licitación y títulos de concesión que en todos los tramos de contacto entre las vías férreas, los concesionarios se otorguen mutuamente derechos de arrastre y de paso.
Los concesionarios deberán acordar entre ellos derechos de arrastre y de paso, en un plazo de 60 días, y en caso de no llegar a un acuerdo, la SCT escuchará a las partes y a los usuarios, a fin de fijar las condiciones y contraprestaciones en los siguientes 30 días. Para esta labor, la SCT podrá auxiliarse de la Comisión Federal de Competencia Económica.
Finalmente, se mandata que los concesionarios tendrán la obligación de respetar los límites establecidos para emisiones de ruidos, así como horarios para el uso del silbato.
Se establecerán infracciones para quienes rebasen estos límites de acuerdo a las normas oficiales mexicanas.
De igual manera, los concesionarios deberán instrumental una debida señalización, sistemas de alerta y de obstrucción de tráfico automotor y peatonal.
En un artículo transitorio, se establece que los concesionarios y permisionarios tendrán un plazo de seis meses a partir de la publicación de este ordenamiento para registrar todas sus tarifas.
Las modificaciones a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario es producto de dos iniciativas presentadas entre octubre y noviembre del año pasado por los diputados priistas Fernando Maldonado Hernández y Abel Guerra Garza, así como por la diputada del PAN, Esther Quintana Salinas.
Durante la discusión del dictamen, la diputada del Movimiento Ciudadano, Martha Beatriz Córdova Bernal, presentó una reserva en lo particular al artículo 35, la cual fue rechazada por el Pleno y el documento se turnó al Senado para su ratificación.
Previo a su discusión, el Pleno avaló un paquete de modificaciones técnicas presentado por la Comisión de Transportes.