Presentan iniciativa sobre propaganda gubernamental

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Con la finalidad de que la propaganda que se difunda tenga un carácter institucional y no la deliberada promoción de algún personaje adjudicándole logros, la diputación perredista propuso una iniciativa sobre la Ley General de Propaganda Gubernamental, reglamentaria de la reforma del 2007 a los artículos 6 y 134 de la Constitución, la cual debe ser aprobada antes del próximo 30 de abril.

La reforma constitucional en materia política de 2007 ordenaba la emisión de leyes reglamentarias en este rubro. Con esta propuesta se pretende “normar y contener el excesivo, irregular y con frecuencia inútil gasto gubernamental en propaganda y publicidad para promocionar la imagen de quienes lo encabezan y aún de aquéllos a quienes éstos impulsan para sucederlos”.

Los diputados perredistas indicaron que su propuesta de Ley General de Propaganda Gubernamental contiene siete capítulos.

En “Disposiciones Generales”, se define a esta norma como ley de carácter general, por lo que es obligatoria para los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), y se establecen 10 principios, objetivos y alcances que debe tener toda propaganda oficial.

En el segundo, “Características de la Propaganda Gubernamental”, se dispone que ésta sea accesible al mayor número de ciudadanos, tenga estándares mínimos de contenido, no promueva personas o partidos políticos y que la relativa a consultas populares prevea acceso igualitario a radio y televisión de las distintas posturas.

En “Autoridades Competentes” se faculta a la Secretaría de Gobernación para emitir el Programa Anual de Propaganda de la Administración Pública Federal y para administrar los tiempos oficiales en radio y televisión, y se establecen excepciones, como las correspondientes al Instituto Nacional Electoral.

Además, en este mismo capítulo se prevé la creación de la Comisión de Propaganda Gubernamental, del Consejo Ciudadano de Supervisión de la Propaganda Gubernamental y de una Unidad Especializada de fiscalización en materia de propaganda gubernamental en el seno de la Auditoría Superior de la Federación.

En el capítulo de “Programación, Presupuestación y Gasto en Materia de Propaganda Gubernamental” se contempla como límite de gasto el 0.05 por ciento respecto al gasto corriente.

Asimismo, que ningún medio de comunicación podrá obtener más de 60 por ciento de sus ingresos por concepto de comunicación social durante más de tres años consecutivos, reglas especiales de gasto, distribución de tiempos oficiales conforme a lo dispuesto por la Constitución y disposiciones especiales de contratación.

En “Transparencia, Fiscalización, Evaluación y Rendición de Cuentas”, se plantea la creación del Padrón Nacional de Prestadores de Servicios de Publicidad y Comunicación y que toda información relacionada con la propaganda gubernamental es de carácter público y no se clasifica como reservada o confidencial.

El capítulo “Procedimiento Administrativo” establece que el proceso a seguir por denuncias por incumplimientos de esta ley será expedito y no durará más de siete días. Prevé la suspensión de la difusión de alguna propaganda violatoria de la norma.

Finalmente, el capítulo “Sanciones” contempla multas de 100 y cuatro mil días de salario, suspensión e inhabilitación del servidor público responsable, así como multa de hasta dos mil días a los medios de comunicación que provean información falsa para la integración del padrón de prestadores de servicios.

La bancada del PRD resaltó que, la página de transparencia sobre el tema de la Secretaría de la Función Pública sigue desactualizada y la sección en la página web de la Secretaría de Gobernación, donde se publicaban los informes sobre el gasto en publicidad oficial y el uso de los tiempos oficiales, ha desaparecido.

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