Para prevenir, investigar, combatir, perseguir, castigar y eliminar los monopolios, las concentraciones ilícitas, las barreras a la libre concurrencia y la competencia económica, y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular el dictamen a la minuta que expide la Ley Federal de Competencia
Económica.
Con esta reforma que se remitió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales, se establece un nuevo marco institucional que sirva como herramienta fundamental para aumentar el crecimiento económico, la competitividad y el bienestar de los consumidores, y aumenta las sanciones a quien celebre, ordene o ejecute contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores.
Entre los cambios del Senado y aceptados por los diputados está el de incorporar un mecanismo para que los agentes económicos puedan solicitar opiniones a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) sobre temas de libre concurrencia y competencia económica y, con ello, se fortalezca el sistema al brindar mayor predictibilidad y certeza sobre las consecuencias jurídicas en la materia.
Impone a la Cofece la obligación de expedir y publicar, en un plazo no mayor a seis meses, disposiciones regulatorias para el cumplimiento de sus atribuciones, entre las que deberán comprenderse las materias de imposición de sanciones; prácticas monopólicas, determinación de mercado relevante y poder sustancial; barreras a la competencia y libre concurrencia; insumos esenciales, y de desincorporación.
De igual modo, instituye que con independencia de esas disposiciones dicha Comisión deberá expedir directrices, guías, lineamientos y criterios técnicos, previa consulta pública, en las materias de concentraciones, investigaciones, beneficio de dispensa y reducción del importe de las multas, suspensión de actos constitutivos de probables prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas, entre otras.
Lo anterior, para que los agentes económicos en México estén mejor informados de los criterios que seguirá la Cofece ante situaciones específicas, lo que abonará en sí mismo a desincentivar y disminuir la realización de conductas anticompetitivas, pero no de aquellas que crean eficiencias económicas.
El dictamen aprobado en un sólo acto con 408 votos a favor, 56 en contra y 7 abstenciones, parte de una iniciativa del Ejecutivo federal del 19 de febrero, aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 25 de marzo y devuelta por el Senado de la República con 44 modificaciones.
Con este dictamen se establece un nuevo marco institucional que sirva como herramienta fundamental para aumentar el crecimiento económico, la competitividad y el bienestar de los consumidores, y aumenta las sanciones a quien celebre, ordene o ejecute contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores.
Señala que el titular de la autoridad investigadora que durará en su encargo cuatro años, podrá ser reelecto por una sola vez, previa evaluación objetiva de su desempeño. Incluye el perfil que deberá cumplir la persona que ocupe la posición de titular de la autoridad investigadora, incluyendo un catálogo de requisitos que deberá cumplir previo a su nombramiento.
Incluye causales especificas por las cuales el titular de la autoridad investigadora podrá ser removido por una mayoría calificada del Pleno de la Cofece, con el propósito de minimizar las posibilidades de que ese titular pueda ser capturado por intereses ajenos a los de la Comisión, y que en todo tiempo tenga los incentivos correctos para el mejor desempeño de su cargo.
Con el fin de fortalecer los mecanismos de máxima transparencia y rendición de cuentas, se establece una disposición que obliga a la Comisión a publicar, además de las versiones estenográficas de sus sesiones, los acuerdos y resoluciones del pleno en su sitio de Internet, pero preservando la información confidencial y reservada.
También se amplían los supuestos normativos en los cuales la Cofece podrá solicitar al titular del Ejecutivo federal, por conducto de su Consejero Jurídico, el inicio de una controversia constitucional o al órgano competente para que éste interponga una acción de inconstitucionalidad.
Se propone la creación de un nuevo tipo penal bajo el nuevo artículo 254 bis 1del Código Penal Federal, a fin de sancionar a cualquier persona que, en la práctica de una visita de verificación, por cualesquier medio altere, destruya o perturbe de forma total o parcial documentos, imágenes o archivos electrónicos que contengan información o datos, y con ello, se desvíe, obstaculice o impida la investigación de un posible hecho delictuoso o la práctica de la diligencia administrativa.
Con este nuevo tipo penal, se crea un desincentivo para que los agentes económicos, autoridad o cualesquier persona destruya o perturbe elementos de convicción que permitan llegar a acceder a la verdad de lo que se investiga. De esta manera, se fortalece la efectividad de los resultados esperados con la práctica de las visitas de verificación.
CUADRO
-Se terminarán los monopolios
- Un nuevo marco institucional para aumentar el crecimiento económico
-Establece la obligación de expedir disposiciones regulatorias
-Serán publicados guías previa consulta pública
- Agentes económicos en México estarán mejor informados