Termina monopolio de la CFE

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    Para que el país cuente con inversiones suficientes, tecnologías adecuadas y que su producción no genere elevados costos ambientales, fue aprobada este martes en lo general el dictamen que expide la Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de Energía Geotérmica, y se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, y de inmediato

inició la discusión en lo particular de los artículos reservados.

    Esta ley también tiene como objetivo que el precio de la energía eléctrica sea accesible para el consumo familiar y productivo, además de asegurar el abasto suficiente a largo plazo en un contexto de transición energética global y nuevas condiciones de mercado.

    Con la aprobación de esta nueva ley, inicia el fin del monopolio de la CFE, porque se abre el mercado para que nuevas empresas brinden este servicio de primera necesidad.

    La participación de empresas privadas en el sector busca promover inversiones y generar condiciones de competencia que ofrezcan a los usuarios opciones más accesibles y alienten el desarrollo de la industria con más oportunidades de empleo, capacitación y desarrollo tecnológico.

    Sin embargo, la CFE seguirá siendo un actor preponderante en la industria eléctrica nacional, ofrecerá el servicio eléctrico bajo tarifas reguladas y se mantendrá como suministrador para los usuarios pequeños y medianos de tipo residencial, comercial e industrial, dijo.

    El dictamen fortalece a los órganos reguladores del sector, la Comisión Reguladora de Energía contará con facultades para regular los precios e introducir incentivos en áreas de una mayor eficiencia en los segmentos de transmisión y distribución de energía eléctrica en el mercado mayorista de electricidad.

    También se establece el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), como organismo público descentralizado de la administración pública federal, mismo que estará encargado del control operativo del sistema eléctrico.

    El Cenace llevará a cabo de manera transparente las subastas para la celebración de contratos de cobertura eléctrica con el nuevo mercado mayorista de electricidad, otorgando así certeza jurídica a todos los jugadores.

    Al fundamentar el dictamen, el diputado Marco Antonio Bernal Gutiérrez (PRI), presidente de la Comisión de Energía, señaló que buena parte de la discusión de las leyes secundarias en materia energética se ha centrado en los aspectos vinculados a los hidrocarburos, pero sostuvo que un tema central de esta reforma también es el de la transformación de la industria electica nacional.

    Aunque, dijo, esta industria también enfrenta enormes retos para su modernización y expansión en beneficio de los hogares y en lo económico.

    En una sesión que fue menos controvertida que la del pasado lunes, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 331 votos a favor y 128 en contra, el segundo dictamen de las leyes secundarias en materia energética por el cual se expide la Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de Energía Geotérmica, y se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

    Por tal motivo, los diputados procederán a la discusión de los artículos reservados por los legisladores de los distintos grupos parlamentarios.

    El presidente de la Comisión de Energía, Marco Antonio Bernal, presentó una propuesta de modificación para reconocer como un derecho la contraprestación que los inversionistas privados deberán entregar a los dueños de tierras que resulten afectadas por la instalación de infraestructura eléctrica.

    Los cambios que aprobó la Cámara de Diputados en votación económica modificaciones a los artículos 71, 73, 74, 82, 86, 87, 88 y 89 de la Ley de la Industria Eléctrica, en materia de ocupación y afectación de terrenos para la producción o distribución de este insumo.

    Los cambios, que fueron propuestos por el presidente de la Comisión de Energía, Marco Antonio Bernal Gutiérrez (PRI), precisan que la ocupación o afectación se dará en la prestación del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y para la construcción de plantas de generación, donde se requiere una ubicación especifica.

    Se subraya que las contraprestaciones, términos y condiciones para el uso, goce o afectación de terrenos, bienes o derechos para estas ocupaciones, serán negociados por los propietarios y los interesados.

    La modificación al artículo 74 establece que los titulares de los terrenos tendrán derecho a que la prestación cubra compromisos para ejecutar proyectos de desarrollo en beneficio de la localidad afectada.

    En este apartado se eliminó un párrafo contenido en la minuta del Senado que señalaba que la contraprestación debería cubrir el compromiso de contratación como fuerza laboral del propietario, de sus familiares o de miembros de la comunidad.

    Asimismo, se limitó la adquisición de bienes, insumos o servicios fabricados, suministrados o prestados por el propietario, siempre y cuando esto sea compatible con el proyecto.

    El propósito central del dictamen que expide la Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de Energía Geotérmica, y adiciona y reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, es que el país cuente con inversiones suficientes, tecnologías adecuadas y que su producción no genere elevados costos ambientales.

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