Podría reelegirse actual titular de la CNDH

pol-Raul Plascencia

El Senado aprobó la convocatoria para la elección o reelección del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para el periodo 2014-2019.

Entre otras bases, la convocatoria establece que en caso de que el actual titular de la CNDH, Raúl Plascencia

Villanueva, decida participar en el proceso para un segundo periodo, podrá registrarse formalmente en el plazo en el que se encuentre abierta la convocatoria y comparecer en igualdad de condiciones que las demás candidatas y candidatos.

La convocatoria se publicará en la Gaceta Parlamentaria y en la página electrónica del Senado de la República a partir de la fecha de su aprobación y hasta el día 30 de octubre de 2014,  así como en al menos cinco de los diarios de mayor circulación nacional durante los días 17 y 18 de octubre de 2014.

De acuerdo con el documento avalado, se convoca a las asociaciones civiles y organizaciones sociales, instituciones académicas y de investigación, asociaciones, colegios de profesionales, organismos públicos y privados, así como público en general que promueven y defienden la protección, observancia, estudio y divulgación de los derechos humanos a que propongan a ciudadanos para ocupar la Presidencia de la CNDH.

Entre otros puntos, establece que la persona titular de la CNDH será elegida por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, mediante un procedimiento de consulta pública que será transparente y se apegará a los términos y condiciones que determina la Ley.

Durará en su encargo cinco años, podrá ser reelecta por una sola vez y sólo podrá ser removida de sus funciones en los términos del Título Cuarto de la Constitución.

En caso de que el actual Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos decida participar en el proceso para un segundo periodo, podrá registrarse formalmente en el plazo en el que se encuentra abierta la presente Convocatoria y comparecer en igualdad de condiciones que las demás candidatas y candidatos.

Además, de ser considerado para ocupar el cargo por un periodo más, durará en su responsabilidad cinco años y sólo podrá ser removido de sus funciones en los términos del Título Cuarto de la Constitución.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley de la CNDH, las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado realizarán una amplia auscultación entre las organizaciones sociales representativas de los distintos sectores de la sociedad, así como entre los organismos públicos y privados promotores o defensores de los derechos humanos.

Con base en dicha auscultación, se propondrá al pleno de la misma,  una terna de candidatos de la cual se elegirá a quien ocupe el cargo o, en su caso, la reelección del actual titular.

Las candidaturas que se registren ante las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República deberán acompañarse de copia simple y versión electrónica, en formato PDF, de la documentación que acredite que las y los aspirantes son elegibles de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

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