Sanciona COFECE a Alsea y Grupo Axo

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La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) impuso sanciones por 25 millones 694 mil pesos a Alsea, S.A.B. de C.V. (Alsea) y por 2 millones 982 mil pesos a Grupo Axo, S.A.P.I. de C.V. (Axo), al acreditarse su responsabilidad por

omitir la notificación de una concentración a la autoridad de competencia antes de llevarla a cabo, a pesar de que legalmente debían hacerlo.

Una concentración es la fusión, adquisición del control o cualquier acto por virtud del cual se unen sociedades, asociaciones, acciones, partes sociales, fideicomisos o activos en general que se realice entre competidores, proveedores, clientes o cualquier otro agente económico.

De conformidad con la fracción III del artículo 20 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) vigente al momento que se realizó la transacción, las concentraciones deben ser notificadas a la Comisión, entre otros casos, “cuando el acto o sucesión de actos que les den origen impliquen una acumulación en la República de activos o capital social superior al equivalente a 8.4 millones de veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal y en la concentración participen dos o más agentes económicos cuyos activos o volumen anual de ventas, conjunta o separadamente, sumen más de 48 millones de veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal (SMGVDF)”.

De acuerdo con los elementos analizados por el Pleno de la Comisión, la operación de Alsea y Axo, realizada entre junio y julio de 2013, se encontraba bajo este supuesto. Por ello, el Pleno de la Comisión consideró que ambas empresas violaron sus obligaciones derivadas de la LFCE.

En particular, la transacción implicó que Alsea acumulara en la República Mexicana activos, consistentes en acciones representativas del capital social de Axo, cuyo valor comercial fue superior al umbral de 8.4 millones de veces el SMGVDF en 2013, que refiere la primera parte de la fracción III del artículo 20 de la LFCE.

Asimismo, en la concentración participaron dos agentes económicos (Alsea y Axo), cuyos activos conjuntamente sumaron en el año previo a la concentración más de 48 millones de veces el SMGVDF, razón por la cual el Pleno consideró que la transacción también superó el umbral previsto en la segunda parte de la fracción III del artículo 20 de la LFCE.

La notificación de concentraciones previa a su realización es una de las principales obligaciones que impone la ley de competencia para proteger el funcionamiento eficiente de los mercados. De acuerdo con la LFCE vigente cuando se realizó la transacción su incumplimiento se sancionaba hasta con el 5% de los ingresos de las empresas. La omisión de notificar la concentración, cuando legalmente debió hacerse, implica una conducta que se considera grave ya que impide a la Comisión ejercer sus funciones de prevención, las que son de gran importancia para proteger de manera efectiva el proceso de competencia en los mercados.  

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