Aprobará Senado Ley de Protección de Datos Personales

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El Senado de la República aprobará esta semana la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que protege la integridad de las personas, así como sus bienes. Esta modificación dispone que las comunicaciones privadas son inviolables y que exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada.

Además, los responsables de las bases de datos de este tipo deberán establecer medidas de seguridad de nivel alto, para garantizar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información, que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado.

Considera como fuentes de acceso público las páginas de Internet, medios remotos o locales de comunicación electrónica, óptica y de otra tecnología; los directorios telefónicos en términos de la normativa específica, diarios, gacetas o boletines oficiales y medios de comunicación social.

El nuevo ordenamiento será aplicable a cualquier tratamiento de información de una persona física identificada o identificable que obren en soportes físicos o electrónicos, con independencia de la forma o modalidad de su creación, tipo de soporte, procesamiento, almacenamiento y organización.

El proyecto también plantea que el Estado garantizará la privacidad de los individuos y que deberá velar porque terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarla arbitrariamente.

En todo momento, establece, el titular o su representante podrá solicitar al responsable, el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de los datos personales que le conciernen, denominados derechos ARCO.

En la reunión, los legisladores modificaron el artículo 55, fracción, para precisar que las únicas causas en las que el ejercicio de los derechos ARCO no será procedente cuando en función de sus atribuciones legales el uso cotidiano, resguardo y manejo sean necesarios y proporcionales para mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano.

El nuevo ordenamiento establece como sujetos obligados, en el ámbito federal, estatal y municipal, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

Del mismo modo, los sindicatos y cualquier otra persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal serán responsables de los datos personales de conformidad con la normatividad aplicable para la protección de datos personales en posesión de los particulares.

 

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