El movimiento obrero del país advirtió al gobierno federal sobre un incremento a los salarios mínimos que causen desequilibrios entre los factores de la producción, como que este ingreso sea similar a los que se pagan en convenios contractuales.
A mediados de este mes se tenía pensado anunciar un incremento a los mínimos de 10 por ciento, dividido en dos partes; 5 por ciento en julio y 5 por ciento en septiembre, lo que daría un nuevo ingreso de 81 pesos diarios, en lugar de los 73.04 pesos diarios.
No obstante el sector patronal dijo que la planta productiva nacional no estaba en condiciones de recibir este aumento y que podría haber despidos o cierre de empresas, sobre todo de las micro y pequeñas.
Carlos Aceves del Olmo, secretario general de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) declaró que está atento al acuerdo negocia entre gobierno, iniciativa privada y trabajadores.
Luego de reunirse con la líder del Partido Revolucionario Institucional (PRI) Carolina Monroy, en la sede cetemista, dijo que los trabajadores afiliados a la CTM no tenemos prácticamente salarios mínimos, y ya de acuerdo con lo que dice el INEGI, hay 7.5 millones de trabajadores que ganan 2.75 veces el salario mínimo.
El dirigente cetemista recordó los llamados pactos económicos que se firmaban entre las partes lo que se provocaba es que la inflación “se iba al cielo, y hoy no estamos en esa situación, no tenemos un desempleo alto, entonces esperemos a ver quién da el paso, los trabajadores, los empresarios o el gobierno que no lleve a una al que sea una mejora para los trabajadores”.
Aceves del Olmo dijo que si bien el ingreso de los trabajadores en bajo, también hay buenas noticias como que las inversiones siguen fluyendo en la industria automotriz, principalmente en los estados de San Luis Potosí, Guanajuato y Querétaro, en donde la CTM tiene los contratos colectivos.
Por otro lado, con el propósito de coadyuvar al análisis y las acciones encaminadas al fortalecimiento progresivo del salario mínimo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió un documento que aborda el vínculo entre el salario mínimo y los derechos humanos, a través del cual busca acercar a la población, autoridades y actores involucrados, elementos y estándares jurídicos de fuente nacional e internacional en la materia.
El documento de la Comisión Nacional destaca que uno de los derechos humanos de toda persona consiste en percibir una remuneración por su actividad laboral. En México, el núcleo esencial de ese derecho se refleja de manera primordial en el salario mínimo, figura reconocida por la Constitución y la normatividad secundaria a través de la cual se refuerza la garantía de un mínimo vital a favor de un importante sector de la población.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en México, para el primer trimestre de 2016, la cifra de trabajadoras y trabajadores subordinados y remunerados cuyos ingresos fueron hasta de un solo salario mínimo general o menos, ascendió a 3’875,098. De este sector, el 91% se encontraba en situación de informalidad, es decir, su vínculo laboral no es reconocido por su empleador o patrón, ni gozaba de otras prestaciones.
Como parte de sus conclusiones la Comisión Nacional sostiene:
La problemática de las personas cuyos ingresos no alcanzan a cubrir para sí ni para su familia las necesidades normales en el orden material, social, cultural y educativo, hacen necesario enfatizar que la suficiencia del salario mínimo general es un tema de derechos humanos, toda vez que un monto que no asegure la cobertura de los satisfactores más elementales para vivir dignamente impide la realización de diversos derechos básicos.
Dado que contar con un salario mínimo suficiente, aunado al beneficio de contar con medidas eficaces de protección social, permitirían a las trabajadoras, los trabajadores y sus familias, satisfacer sus necesidades básicas, resulta positiva y de gran relevancia la incorporación del sector ocupado a esquemas laborales formales.
La suficiencia del salario mínimo y el acceso a prestaciones laborales complementarias son elementos que contribuyen al ejercicio de la igualdad entre trabajadoras y trabajadores; a la protección de la niñez, de las personas con discapacidad y personas adultas mayores, dicho enfoque debe tomarse en cuenta en los procedimientos que sean llevados a cabo para determinar el monto de dicha remuneración.