La secretaria de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, Lucía Virginia Meza Guzmán, presentó una iniciativa para reformar el Artículo 270 de la Ley Federal de Derechos para que los titulares de concesiones paguen lo justo por la explotación de productos.
En un comunicado, la legisladora perredista precisó que las asignaciones mineras deberán pagar anualmente por derecho extraordinario sobre minería una tasa de ocho por ciento a los ingresos derivados de la enajenación del oro, plata y platino; en el caso de otros minerales metálicos, pide que se aplique una tasa general de cuatro por ciento.
La diputada perredista explicó que lo anterior servirá para implementar mecanismos que resarzan el deterioro que produce la extracción de minerales, en virtud de que su disponibilidad es cada vez más escasa.
Detalló que la Cámara Minera de México reconoció que la disminución de la producción minero-metalúrgica en 2014 (-2 por ciento con relación a 2013) se debió a la conjunción de varios factores, entre ellos el menor precio internacional de los metales.
Así como la reducción en la producción de metales preciosos, la desaceleración económica y la incorporación de nuevos derechos a la minería.
Al respecto, la legisladora mencionó que los derechos que pagaron las mineras con respecto al valor de la producción pasó de dos por ciento en 2013 a sólo 2.3 por ciento en 2014.
Eso significa 0.3 puntos porcentuales adicionales, lo que es prácticamente nada, sin embargo, el valor de la producción minera fue 44 veces mayor que los derechos pagados en 2014, incluidos los nuevos gravámenes.
Meza Guzmán indicó que de acuerdo a la opinión técnica del Centro de Estudios de la Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, estas modificaciones se deben realizar porque su finalidad es incrementar el derecho extraordinario sobre minería que grava la extracción de oro, plata y platino, a una tasa del 0.5 por ciento, para fijarla en ocho por ciento.
En este sentido, el organismo del poder legislativo estimó que tendría un efecto positivo en la recaudación del orden de los seis mil 91 millones de pesos en un año, monto en el que se reducirán los ingreso de las mineras que extraen los citados minerales.
En caso de que se aprueba la presente iniciativa, el Artículo 270 de la Ley Federal de Derechos quedará de la siguiente manera: los titulares de concesiones y asignaciones mineras pagarán anualmente el derecho extraordinario sobre minería, con la tasa del 8.0 por ciento a los ingresos derivados de la enajenación del oro, plata y platino.
Lo anterior mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria a más tardar el último día hábil de marzo del año siguiente a aquel al que corresponda el pago, y en el caso de otros minerales metálicos se aplicará una tasa general de 4.0 por ciento.