Hoy fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto presidencial mediante el cual quedará prohibida la importación de
los dispositivos conocidos como cigarrillos electrónicos, como parte de las acciones del Gobierno de México para proteger la salud de los mexicanos, atendiendo a los compromisos internacionales y al derecho fundamental a la protección de la salud de toda persona, previsto en el artículo 4° constitucional y para evitar el daño en la población, particularmente en jóvenes, sea irreversible.
* El aerosol procedente de los cigarrillos electrónicos con nicotina contiene más metales pesados que el humo del cigarro tradicional.
* El Gobierno de México, preocupado por la salud de los mexicanos, implementa acciones tendientes a eliminar el riesgo a la salud provocado por los denominados cigarrillos electrónicos.
Hoy fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto presidencial mediante el cual quedará prohibida la importación de los dispositivos conocidos como cigarrillos electrónicos, como parte de las acciones del Gobierno de México para proteger la salud de los mexicanos, atendiendo a los compromisos internacionales y al derecho fundamental a la protección de la salud de toda persona, previsto en el artículo 4° constitucional y para evitar el daño en la población, particularmente en jóvenes, sea irreversible.
El comercio de cigarrillos electrónicos se encuentra prohibido en México desde mayo de 2008, fecha en que se expidió la Ley General para el Control del Tabaco. Sin embargo, se requería de una armonización en el marco normativo a fin de evitar que se llevaran a cabo prácticas de comercio ilegales de dichos productos, lo que se concreta hoy con la publicación de este decreto presidencial que, en ejercicio de las facultades que le concede el artículo 131 constitucional al Presidente de la República, finalmente homologa la Ley General de los Impuestos de Importación y de Exportación con la mencionada Ley General para el Control del Tabaco.
El decreto referido señala las medidas adoptadas por la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y la Secretaría de Economía, para proporcionar certeza jurídica al marco normativo que establece la prohibición de la importación de estos dispositivos.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), mejor conocidos como cigarrillos electrónicos o dispositivos vaporizadores; los Sistemas Electrónicos Sin Nicotina (SSSN) y los Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN) pueden contener niveles de sustancias tóxicas y compuestos carcinógenos, en ocasiones superiores a los de los cigarrillos tradicionales.
Asimismo, la OMS ha destacado que los dispositivos referidos constituyen un riesgo para las personas del entorno expuestas al aerosol exhalado por los usuarios de estos dispositivos, ya que las soluciones y mezclas utilizadas suelen estar disueltas en propilenglicol o glicerina, elementos dañinos para el corazón y los pulmones.
El organismo internacional concluye que estos dispositivos electrónicos son indudablemente dañinos y representan una amenaza actual y real para la población en general.
En México, 938 mil adolescentes probaron alguna vez el cigarro electrónico, de los cuales 160 mil lo utilizan de manera habitual (ENCODAT 2016-2017), hecho que alertó al Gobierno de México, ya que representa la puerta de entrada de adicción a la nicotina.
Con estas acciones la Cofepris y la Secretaría de Economía dan cumplimiento a lo dispuesto por el marco legal vigente, eliminando cualquier posibilidad de que se comercialicen en territorio nacional productos distintos del tabaco. Con ello, se protege la salud de todos los mexicanos y se ratifica el compromiso del Gobierno Federal de hacer valer todos los derechos otorgados por la ley.
Consulta el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación en: http://bit.ly/2SEv0Im