La Secretaría de Energía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la metodología por la que se establece el precio máximo de gas licuado de petróleo (LP) de primera mano y a usuarios finales, aplicable al mes de junio.
Lo anterior, mediante decretos publicados en el DOF, siendo el último el publicado el 30 de abril de 2013, en donde se estableció un precio máximo de venta de primera mano y de venta al usuario final de 10.53 pesos.
Por otra parte, refiere que en junio, Pemex-Gas y Petroquímica Básica calculará los precios máximos mensuales del gas licuado de petróleo objeto de venta de primera mano de manera que al considerarlos dentro del cálculo de los precios máximos de venta al usuario final se alcance el objetivo de 10.60 pesos.
Subraya que conforme al artículo uno, cuarto párrafo de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 se continuará moderando el efecto de la volatilidad del precio del combustible.
Agrega con el fin de satisfacer una necesidad colectiva se considera de interés público continuar moderando el efecto de la volatilidad del precio del referido producto en la economía de las familias mexicanas.